Población es el talón de Aquiles de Durango

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Por: Francisco Nava Rodríguez Francisco Nava Rodríguez - 02 de feb de 2008.

La cantidad de población que hay en las entidades es un aspecto que se toma en cuenta en la nueva fórmula que define la distribución del Fondo General de Participaciones (FGP), según informa la agencia especializada aregional.com. En este sentido, Durango todavía se encuentra a la zaga, pero es posible que con la construcción de la supercarretera Durango-Mazatlán exista más movimiento demográfico y poblacional, dijeron algunos ciudadanos.

La poca población que tiene Durango fue un impedimento para que recibiera más participaciones del Ramo 28 de la Federación.

Proceso

En la nueva fórmula que utilizaron los legisladores federales para distribuir el Fondo General Participable (FGP) y el Fondo de Fomento Municipal (FFM), se tomó en cuenta el Producto Interno Bruto estatal, el nivel y la tasa de crecimiento de la recaudación de impuestos y derechos locales de la entidad. Las variables fueron ponderadas por el número de habitantes. Solamente en el caso del FFM la distribución del excedente del fondo será en función del nivel de recaudación de agua y Predial ponderado también por el factor poblacional, según informa la agencia en mención.

De este modo, Durango recibirá cinco mil 236.6 millones de pesos durante el 2008. Junto con él, pero con un monto menor en participaciones federales, están otros estados como Baja California Sur, Colima, Tlaxcala, Nayarit, Aguascalientes y Campeche.

El documento indica que los estados que recibirán mayor recaudación son: Distrito Federal, Estado de México, Jalisco, Veracruz, Nuevo León y Chiapas. Del presupuesto total en participaciones federales en el rubro estos estados reciben el 45.3 por ciento del monto total de las mismas, que es de 400 mil 160.6 millones de pesos.

DIFERENCIA

Las participaciones federales son importantes para los estados y municipios y se integran con el 20 por ciento de la Recaudación Federal Participable. Una de las relevancias financieras de estos recursos es que pueden ser de libre disposición, es decir, su destino no está condicionado a cumplir con criterios definidos ni está designado a la instrumentación de programas federales como lo es en el caso del Ramo 33. Lo anterior otorga un mayor margen de decisión a la asignación de los recursos.

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