Formal prisión a tres sicarios duranguenses
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Por Juan Manuel Cárdenas - 23 de mar de 2008.Por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como posesión de cartuchos, el Juez Sexto de Distrito en el estado dictó auto de formal prisión a David Rodríguez Ortiz u Horacio Hernández Ríos u Horacio Carreón Pérez, José Luis Rodríguez Rodríguez o Jorge Alberto Martínez García o Jorge Alberto Martínez Arguello o Argüelles, y Guillermo Ríos Ríos o Guillermo Ramos Ruiz o Guillermo Ramos Ríos o Guillermo Ramos “N”.
El caso de los acribillados en pleno Centro de la ciudad ocasionó la movilizacion de los diferentes cuerpos de seguridad, incluso el Ejército formaba parte de las investigaciones.
Los consignados son los presuntos responsables del tiroteo en la calle Mascareñas y Carlos León de la Peña, el pasado 26 de febrero, en un estacionamiento; que dejó como resultado dos muertos y tres heridos de gravedad, dos de ellos murieron después en el hospital por las ráfagas de 200 casquillos percutidos por fusiles de los llamados “cuernos de chivo”.
Elementos de la Dirección Estatal de Investigaciones y del Ejército Mexicano realizaron las labores de búsqueda de los presuntos responsables, tras algunas horas por tierra y aire fueron detectados en un hospital del fraccionamiento Jardines de Durango, pues algunos habían resultado lesionados en el intercambio de balas. De igual forma se aseguraron las cinco camionetas en las que se perpetró la refriega.
SENTENCIAAnte estos hechos los indiciados fueron consignados ante el Juzgado Tercero de Distrito en la entidad para dictar el auto de formal prisión, donde también se determinó que se les traslade al penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco.
La Ley de Armas de Fuego y Explosivos en su artículo 88 señala: “Al que sin permiso correspondiente posea una rama de fuego de uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea Nacional, se le sancionará con prisión de uno a siete años y de 20 a 100 días de multa”.
A eso habrá que agregarles que por el delito de posesión de cartuchos reservados para la Guardia Nacional dictamina: “Al que posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas, se le sancionará con prisión desde uno hasta seis años, según sea el tipo o calibre de los cartuchos”.










