Avanza en la Corte validación del IETU

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Por: Agencia Reforma Agencia Reforma / México, DF. - 05 de feb de 2010.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación convalidó la mayoría de los aspectos que constituyen el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), los cuales fueron impugnados por un total de 39 mil 844 empresas y particulares.

Sesión. En su tercera sesión de discusión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló este jueves, prácticamente en su totalidad, el Impuesto Empresarial a Tasa Única, que entró en vigor desde el 1 de enero de 2008, contra el cual se promovieron más de 30 mil amparos de empresas y personas de todos los sectores. NOTIMEX/ESD

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En su sesión del pleno de este jueves, los ministros determinaron que es constitucional no permitir deducciones a salarios, sueldos y prestaciones, y al mismo tiempo validaron que sólo puedan deducirse pérdidas fiscales en ejercicios anteriores e inversiones realizadas en ciertas fechas.

En una votación de nueve votos contra dos, también avalaron que no sean aplicables las deducciones a los intereses que deriven de operaciones de financiamiento.

El martes pasado, la Suprema Corte de Justicia había determinado que no es violatorio de la Constitución el que el IETU no permita una gama de deducciones que sí están previstas para el Impuesto sobre la Renta (ISR).

En su sesión de la tarde de este jueves, los ministros convalidaron la aplicación de deducciones realizadas a las inversiones nuevas que se efectuaron entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2007, así como el crédito por inversiones efectuadas del 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2007.

"(La Ley del IETU) recoge una realidad nacional y refleja la acción del legislador", manifestó Guillermo Ortiz Mayagoitia, ministro presidente de la Corte.

De acuerdo con cifras oficiales, 7 mil 395 personas físicas y 32 mil 449 morales se han amparado desde que la Ley del IETU entró en vigor en enero de 2008, en lo que constituye el mayor litigio fiscal que se ha registrado en México.

Uno de los argumentos principales de los quejosos ha sido la no deducibilidad de conceptos tradicionalmente permitidos para pago de ISR.

Temas

Ya sólo restan por discutirse en el pleno los aspectos sobre la no deducibilidad del pago de regalías y la devolución del impuesto al activo.

Conceptos

Se impugnaron quince conceptos del nuevo gravamen, de los cuales trece han sido declarados infundados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A favor

La Suprema Corte de Justicia de la Nación está a favor de validar el IETU, ya que no se viola el principio de Equidad Tributaria.

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