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JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

Mucho cuidado con la deuda pública

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

Los más de cuatro meses que van de emergencia sanitaria han puesto contra la pared a las finanzas públicas locales, tanto de los gobiernos estatales como de los municipales. El mayor problema es no haber previsto partida en sus presupuestos de egresos de este año, para atender el enorme problema de la pandemia. En consecuencia, las presiones de gasto sin previsión ni provisión de recursos han sido tremendas. La casi tentación de endeudarse surge entonces casi de manera espontánea.

Ni falta hace recordar aquí que siete u ocho meses atrás ningún gobierno previó gastar en cubrebocas, gel antibacterial, tapetes desinfectantes, guantes sanitarios, equipo protector para personal sanitario y aun administrativo y demás insumos que ha sido necesario adquirir para mal defender a la población de la agresiva pandemia. Así como destinar algunos recursos para mejoramiento de última hora a las instalaciones sanitarias, por lo general en crónico abandono.

Como tampoco hubo previsión alguna con motivo de la emergencia sanitaria para brindar apoyos -modestísimos cuando los ha habido- a los trabajadores informales que se quedaron sin posibilidad de continuar con su actividad económica habitual, u ofrecer algún tipo de respaldo a las minis y pequeñas empresas.

Si no hubo previsión para este tipo de requerimientos y si además, por su tradicional penuria, carecen los gobiernos estatales de fondos de reserva para hacer frente a este tipo de contingencias -recursos que paradójicamente sí han tenido para todo tipo de excesos y latrocinios-- entonces ¿qué hacer? La solución más fácil: endeudarse y el que venga atrás que arree.

Si a lo anterior se agrega la natural y esperada caída en los ingresos fiscales de los gobiernos locales, tanto en los propios como en los provenientes de las participaciones federales, su principalísima fuente de ingreso, el panorama se complica terriblemente y adquiere proporciones de franco desastre.

La deuda pública aparece pues como la solución más fácil y a la mano. Sin embargo, no es así. En primer lugar por el requisito general que para contratarla establece el artículo 117, fracción VIII, de la Constitución General de la República, en el sentido de que "los Estados no pueden, en ningún caso... contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas", operaciones que además requieren para ser aprobadas el voto de las dos terceras partes de los diputados locales presentes, que en Coahuila no suma el PRI aunque agregue a sus habituales aliados.

Cualquier endeudamiento que se contraiga para cubrir los tipos de gasto antes mencionados con el objeto de hacer frente a la pandemia, no corresponderá a "inversión pública productiva" y por lo tanto no es posible financiarlos con empréstitos.

Mediante reforma que se introdujo en 2015 a la Constitución Federal se abrió la posibilidad de que los gobiernos estatales, sin intervención de sus respectivas legislaturas, puedan contratar préstamos para el "refinanciamiento o reestructura" de su deuda pública. De igual manera a que "contraten obligaciones para cubrir sus necesidades de corto plazo", pero al efecto se han de ajustar a ciertos límites y cumplir determinadas condiciones establecidas tanto en la Ley de Disciplina Financiera de Estados y Municipios como en la Ley de Deuda Pública Estatal.

Como el actual gobierno de Coahuila ya ha acudido al expediente de llevar a cabo una reestructura de su deuda pública y en dos ocasiones a contratar obligaciones para cubrir necesidades de corto plazo, operaciones de las que los legisladores se enteraron por la prensa, el pasado 8 de julio la Diputación Permanente, en atención a la proposición que al efecto presenté, acordó solicitar al secretario de Finanzas que, de llegar a ser el caso, informe con toda oportunidad al Congreso cualquier operación de corto plazo que se proponga llevar a cabo.

Después de tantos excesos como en el pasado reciente se registraron en Coahuila en materia de endeudamiento público, es lo menos que el Congreso puede o debe solicitar.

Escrito en: JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA deuda, tipo, pública, tanto

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