Agrupación podría tener su registro
El Tribuna Electoral local revocó la negativa de registrar a una agrupación política que había acordado el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
La representante legal de la asociación mencionada impugnó el acuerdo por el que el Consejo General desechó su solicitud de registro como agrupación política.
El Tribunal Electoral consideró que la asociación había presentado su solicitud el último día del plazo legal, sin presentar todos los documentos requeridos; aunque se les concedió la garantía de audiencia y la asociación presentó diversos documentos para subsanar sus faltantes.
El órgano jurisdiccional consideró ineficaz el otorgamiento de la garantía de audiencia y revocó el acuerdo del IEPC, ordenándole admitir los documentos presentados por la asociación, que deberán ser exactamente los mismos mostrados en su comparecencia, y continuar con las etapas del procedimiento de constitución y registro de agrupaciones políticas, además de emitir un nuevo acuerdo.