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Buscan ahorrar en adeudos de jubilados fallecidos

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AGENCIAS

Como parte de su programa de austeridad, Petróleos Mexicanos (Pemex) está buscando obtener recursos hasta de trabajadores jubilados fallecidos. La petrolera trabaja en la recuperación de adeudos de préstamos administrativos y otros concedidos a trabajadores (sindicalizados y de confianza) y jubilados fallecidos que, según sus estados financieros, podrían superar 3 mil millones de pesos.

De acuerdo con trabajadores jubilados que solicitaron el anonimato, la empresa usa criterios autorizados desde junio de 1994, actualmente vigentes, que señalan que los préstamos podrán recuperarse de "los alcances insolutos de vacaciones, aguinaldo, fondo de ahorro, rendimientos y pensiones jubilatorias, así como remanentes de gastos funerarios que resulten menores al importe de la factura correspondiente".

En el supuesto de que los alcances insolutos no sean suficientes para cubrir el monto de los adeudos, "se afectará el seguro de vida y las pensiones post mortem". De negarse a estos descuentos, señalan esos criterios, los trabajadores y jubilados entrarán en lo dispuesto en la Fracción XXIV del Apartado A del Artículo 123 Constitucional, reteniéndose un mes del importe del salario que perciba el trabajador o la pensión del jubilado.

En relación con los saldos insolutos de trabajadores o jubilados fallecidos por préstamo de vehículo o casa-habitación, en caso de no haberse adquirido el seguro de vida, tendrán que liquidarse por la sucesión del trabajador o jubilado fallecido, según se desprende del oficio 6/ANSC-615/94 del 20 de junio de 1994 (aún vigente), mismo que fue turnado a todas las unidades de negocios de Pemex.

Petroleros jubilados revelaron que, aunque esos criterios señalan las obligaciones de pago de préstamos, "la empresa actúa de manera inflexible ante la necesidad de obtener recursos". En administraciones pasadas "se podía negociar con Pemex, alargar plazos, reducir el monto de pagos, pero ahora ni eso", agregaron, "el problema es que la administración está actuando, muchas de las veces, sin notificar a los trabajadores".

El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, título sexto, fracción XXIV, señala que "de las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes", detallaron.

El Contrato Colectivo de Trabajo 2019-2021, mismo que regula las relaciones entre el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) y Pemex, señala que los petroleros (incluidos los de confianza) tendrán derecho a préstamos administrativos equivalentes a 90 días de su salario nominal.

Escrito en: Jubilados jubilados, trabajadores, insolutos, préstamos

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