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Corte Suprema argentina

Corte argentina, a favor de clases

Cuatro jueces del máximo tribunal fallaron a favor del Gobierno capitalino

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AP

La Corte Suprema argentina falló el martes a favor de la alcaldía de Buenos Aires que había pedido mantener la presencialidad en las escuelas pese a un decreto del presidente Alberto Fernández que ordena suspenderlas por tres semanas para contener un rebrote del nuevo coronavirus.

Cuatro jueces del máximo tribunal fallaron a favor del gobierno capitalino en la demanda que interpuso el 16 de abril contra el decreto de necesidad y urgencia de Fernández que reforzaba las restricciones, como la suspensión de las clases presenciales, al concluir que "se violó la autonomía" de la ciudad.

Una quinta magistrada que se había manifestado en contra de la competencia originaria del máximo tribunal en este caso se abstuvo de votar.

El fallo no declaró la inconstitucionalidad del decreto pero estableció criterios para situaciones similares y defendió el federalismo y el estatus jurídico de la ciudad de Buenos Aires, asimilable al de las provincias.

El veredicto se conoció en medio de la puja política entre el gobierno nacional y el de la capital por las clases presenciales. El alcalde de Buenos Aires, el opositor Horacio Rodríguez Larreta, no acató el decreto presidencial para suspenderlas amparándose en un fallo de un tribunal local y lo cuestionó ante el máximo tribunal.

Mientras el gobierno nacional y el de la capital esperaban que la Corte resolviera la controversia, las clases presenciales continuaron en la ciudad. El viernes, el decreto en cuestión fue reemplazado por otro con el que Fernández ratificó que debían ser dictadas "exclusivamente a distancia" en las zonas bajo "alerta epidemiológica", como la capital y las localidades cercanas.

Pero ese día el alcalde reafirmó su decisión de que "a la espera del fallo de la Corte Suprema" los alumnos de los niveles inicial y primario acudieran a las escuelas.

Sin embargo, aceptó que los adolescentes de secundaria recibieran alternadamente clases presenciales y virtuales y los de la educación terciaria únicamente clases virtuales. De esta forma, dijo, se podía "reducir la movilidad en el transporte público".

El alcalde ha señalado que en las escuelas -que en 2020 estuvieron mayoritariamente cerradas en todo el país a causa de la pandemia- el riesgo de contagio es bajo. Fernández, en cambio, sostiene que la circulación de las familias y los menores al trasladarse a los colegios incrementa los contagios.

El presidente también ha advertido que suspender las clases presenciales es necesario al señalar que se prevé en los próximos días mayor tensión en las terapias intensivas y ha acotado que en más de 20 provincias argentinas se mantienen.

El rebrote ha tensionado el sistema de salud, casi colapsando las terapias intensivas de Buenos Aires y las localidades cercanas.

Desde que la pandemia impactó en marzo de 2020, Argentina ha registrado más de tres millones de contagios y casi 65,000 muertos.

"El debido resguardo del federalismo constitucional exigía que el Estado Nacional justificara de manera suficiente el ejercicio en el caso de su específica competencia sanitaria en relación a la concreta orden de suspender del dictado de clases educativas presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en la jurisdicción de la actora.

"En esta causa, la Ciudad de Buenos Aires ha proporcionado elementos de juicio que indican que el impacto interjurisdiccional de la actividad regulada es meramente conjetural".

Fallo

La Corte Suprema argentina falló el martes a favor de la alcaldía de Buenos Aires:

*La alcaldía había pedido mantener la presencialidad en las escuelas pese a un decreto del presidente Alberto Fernández que ordena suspenderlas por tres semanas.

*Cuatro jueces del máximo tribunal fallaron a favor del Gobierno capitalino en la demanda que interpuso el 16 de abril contra el decreto de necesidad y urgencia de Fernández que reforzaba las restricciones.

*Una quinta magistrada que se había manifestado en contra de la competencia originaria del máximo tribunal en este caso se abstuvo de votar.

*El fallo no declaró la inconstitucionalidad del decreto, pero estableció criterios para situaciones similares y defendió el federalismo y el estatus jurídico de la ciudad de Buenos Aires.

*El veredicto se conoció en medio de la puja política entre el Gobierno nacional y el de la capital por las clases presenciales.

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