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CONGRESO DEL ESTADO

Bienes digitales serían patrimonio personal

Bienes digitales serían patrimonio personal

Bienes digitales serían patrimonio personal

JUAN MANUEL CÁRDENAS

El Congreso del Estado analizará una iniciativa de reforma al Código Civil, para que los bienes digitales sean un patrimonio personal.

Esto implica imágenes, fotografías, videos y textos, claves y contraseñas de cuentas bancarias y de valores; además se establecería la disposición de dichos bienes mediante legado que se realice ante notario público, como disposición de bienes hereditarios.

El uso de los diversos dispositivos que se utilizan para la difusión de la información, que ha sido la causa de nuevas y variadas conductas tanto lícitas como ilícitas, ha hecho patente la necesidad de crear nuevas leyes, nuevos tipos penales, nuevas restricciones y nuevas disposiciones en las que se reconocen los derechos y obligaciones.

La diputada local Patricia Jiménez ejemplificó que en materia procesal, los documentos electrónicos también se pueden ofrecer como prueba, con todas las consecuencias y efectos legales dentro del procedimiento respectivo, y el juzgador se encuentra obligado a recibirlos y a valorarlos en relación directa con el asunto tratado y lo argumentado por las partes.

Dijo que hay una variedad de tipos delictivos descritos en nuestra legislación penal, que se pueden actualizar por la vulneración de derechos mediante el uso de imágenes, textos, audios o videos que son considerados como documentos digitales. Además de que hoy en día resulta común la utilización de una firma electrónica, contraseñas, números electrónicos o el sello digital.

Bajo todas estas consideraciones, la legisladora local consideró que se le debe permitir a todo individuo la disposición de los bienes digitales que pueda acumular o generar a lo largo de su vida, al igual que se debe permitir la transmisión de la propiedad de dichos bienes a quien su dueño decida.

Las creaciones intelectuales y artísticas también se pueden realizar en versiones digitales o, incluso, se pueden resguardar datos, formularios, planos, diseños y otros más, en dispositivos de almacenamiento o transportación de bienes intangibles.

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