Finanzas

Vienen cambios en reparto de utilidades por reforma laboral

Se trata de un derecho constitucional, irrenunciable y adquirido de los trabajadores

Vienen cambios en reparto de utilidades por reforma laboral

Vienen cambios en reparto de utilidades por reforma laboral

FABIOLA P. CANEDO

El reparto de utilidades es un derecho constitucional, irrenunciable y adquirido de los trabajadores, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, instancia facultada por la Constitución para tal efecto.

Con las nuevas reglas establecidas en la reforma de la Ley Federal del Trabajo para el reparto de utilidades, se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18 mil 557 pesos, 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente. El cambio normativo en ningún momento modifica el mecanismo establecido en la Constitución Federal o en la Ley Federal del Trabajo en materia de reparto de utilidades, ni en sus fórmulas de cálculo, por lo que se seguirán observando todas aquellas normas establecidas en el artículo 125, las excepciones precisadas en el artículo 126, así como lo establecido en las fracciones I a VII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indica que el cálculo del porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10% sobre la renta gravable, tal como fue determinado mediante la Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios; se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. Se deberá pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente.

Cuando el monto a pagar sea superior a tres meses del salario del trabajador, se establecen los 90 días de salario como límite máximo de pago del PTU, salvo que el promedio del PTU pagado por la empresa a los trabajadores, según su categoría en los últimos tres años, sea superior a esa cifra. El impacto positivo de la desaparición de la figura de la subcontratación de personal comenzará a reflejarse cuando empresas y patrones realicen el reparto de utilidades a los trabajadores.

Escrito en: REFORMA LABORAL utilidades reparto, utilidades, Federal, artículo

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