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Columnista invitado

Los medios alternativos de solución de controversias: una visión notarial

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Los medios alternativos de solución de controversias: una visión notarial

EDUARDO CAMPOS RODRÍGUEZ

El notariado moderno ha demandado la puesta en práctica de nuevas formas de atención a los que se acercan al fedatario, por un lado, temas derivados de la pandemia Covid-19 han llevado a modificaciones legales que han impulsado el uso de nuevas tecnologías.

Asimismo, las nuevas necesidades de solución de controversias han impulsado la participación del notario en labores de mediación, conciliación y arbitraje, lo que por una parte deviene de las mismas reformas constitucionales que impulsan los medios alternativos de solución de controversias, que a su vez se plasma en las normas jurídicas de las diversas materias y, por otra, en la necesidad de que el notario se capacite por sí o por impulso gremial en esas materias.

En el caso del estado de Durango, la Ley del Notariado del Estado de Durango, vigente desde el mes de abril de 2018, los artículos 172 y 173 dan facultades al notario para participar en ejercicios de mediación y arbitraje, las que se rigen conforme al Código Civil y de Procedimientos Civiles, lo que permite apoyar a la autoridad judicial para despresurizar las cargas laborales y permiten una mayor actividad al notario para impulsar el estado de derecho.

Ahora bien, esto no lleva a que de inmediato se logre el impulso de estos medios o que el interesado se acerque al notario, por lo que debemos dar a conocer la existencia del medio y de la facultad notarial, al menos en el estado de Durango, para que se pueda impulsar esta figura.

Los medios alternativos, como su nombre lo dice, son una forma diferente para dar una pronta respuesta a las necesidades de justicia de las personas involucradas, logrando una pronta solución, que además puede ser más económica al pago de costas judiciales y por supuesto es más ágil en su tramitación, la que puede solucionar en meses, lo que en otras formas de controversia podría llevar años.

Los notarios estamos obligados a formarnos e informarnos en los medios de solución alterativa, máxime que, como ya se comentó, nuestra norma estatal contempla estas formas de acción del notario, lo que lleva a que en cualquier momento las personas acudan de manera expresa con el fedatario y si este no tiene una formación general o especifica se puede generar una controversia.

Finalmente debemos señalar que los Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) llegaron para quedarse, pero es en nuestro trabajo que lograremos que se queden como algo efectivo, y no como una figura jurídica de "adorno".

Escrito en: Columnista invitado medios, notario, solución, Durango,

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