Durango

AGUINALDO

'No se debe recortar el aguinaldo'

'No se debe recortar el aguinaldo'

'No se debe recortar el aguinaldo'

JUAN M. CÁRDENAS

Si un patrón pagó el aguinaldo por un monto superior al de la ley, en los años subsecuentes deberá pagar, por lo menos, la misma cantidad por ese concepto.

Así de contundente lo expresó el secretario del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado, Israel Soto Peña, al ser cuestionado sobre los compromisos de fin de año que se aproximan en estos días para los patrones.

Dijo que si un patrón pretender disminuir el monto del aguinaldo concretándose únicamente a los 15 días legales, estaría incurriendo en una práctica ilegal que puede ser fácilmente controvertible.

“Si hay un compromiso previo de haber pagado más consideramos que es ya un derecho obtenido, por lo menos debe de pagarle lo que el año anterior o mayor a lo que está obligado”, complementó el funcionario estatal.

Los trabajadores que consideren que se transgredió este derecho obtenido pueden acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, donde el equipo de abogados ofrece, de manera gratuita, apoyo para asesorar y para interponer la demanda que puede proceder en este tipo de casos.

Legalmente los patrones deberán pagar el aguinaldo a más tardar el día 20 de diciembre, aunque en la gran mayoría de los casos se empieza a registrar desde días antes.

Escrito en: Aguinaldo - aguinaldo, patrón, debe, derecho

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