Ratifican horario oficial de labores para Consejo Local del INE
La autoridad electoral desechó dos impugnaciones relativas a los horarios de labores del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE).
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió los expedientes SG-RAP-228/2017 y SG-RAP-3/2018, interpuestos por los partidos políticos Morena y Acción Nacional.
En dichos documentos los partidos políticos expusieron que durante el desarrollo de un proceso electoral, todos los días y todo el día son hábiles para las instituciones electorales.
La controversia giraba en que el Consejo Local del INE aprobó un horario de las 10:00 a las 15:00 horas y de las 17:00 a las 20:00 horas de lunes a viernes; y los sábados de 09:00 a las 14:00 horas.
En su impugnación, Acción Nacional consideró que el INE “transgredió la garantía de impartición de justicia, al carecer de congruencia y exhaustividad”.
Sin embargo, el proyecto de resolución, aprobado por los Magistrados de la Sala Regional Guadalajara estableció que los señalamientos fueron infundados debido a que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 97, establece que los Consejos Locales y distritales determinarán sus propios horarios de labores, los cuales sólo deben ser notificados al INE para el conocimiento del Consejo General.