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Ley de Seguridad Interior

Perfila Corte anular Ley de Seguridad

EL UNIVERSAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) perfila declarar inconstitucional toda la Ley de Seguridad Interior, con la que se pretende dar un marco jurídico a la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.

Seis de los once ministros del máximo tribunal de justicia del país se pronunciaron este martes en contra de la norma, al considerar que el Congreso de la Unión carece de facultades para legislar sobre seguridad interior, pues sólo el Ejecutivo federal está facultado para disponer de la totalidad del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea; además de que el proceso de aprobación estuvo "viciado de origen".

Faltan cinco ministros por pronunciarse, lo cual sucederá en la sesión del pleno de mañana jueves; se necesitan dos votos más y se requieren ocho para derogar la polémica legislación aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados.

Al abrir el análisis de la ley, en la sesión del martes, el ministro Eduardo Medina Mora advirtió que de no invalidarse en su totalidad, "podría perpetuarse el instintivo perverso de que las autoridades civiles, es decir, no militares, se desentiendan" de brindar seguridad pública a los ciudadanos, que por mandato constitucional les corresponde.

El ex procurador General de la República, que reconoció el trabajo de las Fuerzas Armadas, dijo que echar mano del Ejército y la Marina en tareas de seguridad ha servido de "coartada" para que los tres niveles de gobierno eludan su responsabilidad en materia de seguridad.

"Pienso que el Legislativo no puede ir más allá de lo que establece la Constitución respecto de las competencias que fueron conferidas a otro poder, de lo contrario, caeríamos en el riesgo de que el Congreso legisle sobre materias para las cuales no cuenta con competencia expresa, se tergiversaría nuestro sistema competencial", sentenció.

En tanto, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea consideró que la referida ley "encubre" una función de seguridad pública, pues se nombra como Ley de Seguridad Interior, cuando "realmente lo que regula es la seguridad pública cuando ésta está a cargo de las Fuerzas Armadas.

"Es claramente un fraude a la Constitución en sentido técnico, no retórico, como un ilícito constitucional atípico, ¿por qué? Porque se dice que se está regulando una materia, cuando realmente se está regulando otra, partiendo de la base de que no hay facultades para que las Fuerzas Armadas, en principio, intervengan en seguridad pública", enfatizó.

Y remató: "La seguridad interior es una facultad exclusiva del Presidente de la República, es una facultad federal, no es concurrente; consecuentemente, no tiene atribuciones el Congreso para distribuir facultades entre la federación".

Por lo anterior, el ministro llegó a la conclusión de que la Ley de Seguridad Interior fue expedida por los diputados de la pasada legislatura federal, en un claro "fraude a la Constitución".

A su vez, la ministra Norma Lucía Piña Hernández reconoció que es indispensable dotar de un marco jurídico al Ejército, para regular las tareas que hoy realiza en varios estados; sin embargo, señaló que encontró "vicios" en el proceso legislativo, que en su consideración tienen el potencial de invalidar toda la ley.

Por su parte, el ministro José Ramón Cossío Díaz mencionó que las funciones de seguridad pública sólo pueden realizarse por autoridades civiles, postura con la que coincidió su colega, Alberto Pérez Dayán.

La constitucionalidad de la mencionada norma se definirá mañana jueves en la sesión en la que los ministros Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas y Jorge Mario Pardo Rebolledo se pronunciarán al respecto.

* La polémica legislación

Prevé la intervención de las Fuerzas Armadas en estados y municipios con una temporalidad de un año, que podrá prorrogarse por decisión del Presidente y autoriza el uso legítimo de la fuerza a las Fuerzas Armadas.

Contempla la utilización racional y proporcional de técnicas, tácticas, métodos y armamento para controlar, repeler o neutralizar actos de resistencia.

Establece que durante las intervenciones de las Fuerzas Armadas se deberán preservar los derechos humanos y sus garantías.

La legislación contempla que las fuerzas federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de seguridad interior en los diferentes ámbitos de sus respectivas competencias.

Escrito en: ley de seguridad interior SCJN seguridad, Fuerzas, ministro, Seguridad

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