Editoriales

Pulso Electoral

¿Qué pasó con las candidaturas comunes?

Pulso Electoral

¿Qué pasó con las candidaturas comunes?

¿Qué pasó con las candidaturas comunes?

OMAR ORTEGA SORIA

Las candidaturas comunes y las coaliciones son, en pocas palabras, formas en que dos o más partidos políticos contienden con un mismo candidato en una determinada elección; sin embargo, a pesar de compartir su fin, tienen diferencias sustanciales que han hecho que la figura de candidatura común sea muy polémica e incluso se diga que "altera" la esencia del voto ciudadano por permitir la transferencia de votos. Vayamos por partes.

Durango es uno de los estados en donde existe dicha figura, a pesar de que la Constitución Federal ni las leyes generales la contemplan; de manera que las candidaturas comunes surgen de la libertad de configuración legislativa que tienen todos los estados, y en ese sentido se pronunció la Suprema Corte sobre su constitucionalidad, por lo que su falta de legalidad es un aspecto ya superado.

Ahora bien, para efectos prácticos, en la boleta de la jornada electoral vienen en un solo recuadro los partidos en candidatura común, por lo que es imposible para el ciudadano indicar a cuál de los partido le da su voto, y de este modo los sufragios se computan a favor del candidato común, pero la distribución del porcentaje de votación es conforme al convenio acordado por los partidos, es decir, hay transferencia de votos, cuestión muy importante para el financiamiento y sobre todo para asegurar su permanencia.

En el caso específico de esta elección, ¿qué pasó en Durango? recibimos 2 solicitudes de candidaturas comunes; una del PAN-PRD para ir juntos en Durango, Gomez Palacio y Lerdo; y otra de Morena, PT y Verde para los 39 municipios. Los acuerdos que se pusieron a nuestra consideración fueron elaborados tras una exhaustiva revisión de las solicitudes y las respuestas a los requerimientos, todo fue debidamente motivado y fundamentado. Actuamos apegados a los principios electorales, conforme a derecho y resolvimos con la información que se nos proporcionó en tiempo y forma, sin presiones de ningún tipo.

Como ya es por todos conocido, no procedió la candidatura común entre los partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, ya que del análisis de la documentación entregada y de la información adicional que fue requerida, se encontraron diversas inconsistencias que no fueron subsanadas.

Por ejemplo, los estatutos de Morena no contempla la figura de candidatura común, tenemos incertidumbre de si existió la aprobación del convenio por parte de su órgano competente; además el convenio que se presentó no estuvo fundamentado correctamente, la solicitud no presenta el sello oficial del partido Morena y la distribución de gastos de campaña de la candidatura común no cumple con lo dispuesto en la ley.

Ante esta situación, también quedo aprobado dar vista del acuerdo a las autoridades correspondientes sobre un posible hecho constitutivo de delito, ante la supuesta falsificación, alteración o uso indebido de documentos entregados al IEPC, en específico, de las 2 versiones diferentes del acta certificada del Consejo Nacional de Morena del 19 de agosto de 2018.

Ahora, bien, sobre la candidatura común PAN-PRD, se decidió que era procedente, ya que del análisis de la documentación presentada y una vez solventadas las observaciones realizadas se determinó que si cumplieron con los requisitos. Por último, es importarte mencionar que, en dado caso, dichos asuntos podrían llegar a impugnarse, por lo que la última palabra sería de los órganos jurisdiccionales.

*Consejero del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Durango.

Twitter: @omarortegasoria

Escrito en: Pulso electoral candidatura, candidaturas, común, convenio

Noticias relacionadas

EL SIGLO RECIENTES

+ Más leídas de Editoriales

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas