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Guardia Nacional, fuerza incompleta

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Guardia Nacional, fuerza incompleta

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La Guardia Nacional aprobada constitucionalmente en marzo pasado ya puede operar en el país, aunque de forma incompleta. Al carecer de una ley propia, de requisitos definidos de reclutamiento y, por ende, de elementos propios formados y capacitados, su despliegue solo puede llevarse a cabo con militares transferidos, formados por el Ejército y la Marina, bajo algunas condiciones.

La reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, dice que esta nueva fuerza necesita tres leyes complementarias, ninguna de las cuales ha sido expedida.

Una de ellas es la Ley de la Guardia Nacional que, según la reforma constitucional, debe resolver al menos ocho aspectos, desde la conformación y regulación, hasta la colaboración con los estados.

El artículo Segundo Transitorio de la misma reforma también indica que la Guardia Nacional puede conformarse inicialmente con policías militares y navales, y que mientras carezca de una ley propia puede funcionar, temporalmente, al amparo de la Ley de la Policía Federal.

No obstante y para que ello se lleve a cabo, el mismo artículo indica que el Presidente debe emitir acuerdos de carácter general, en los que ordene la transferencia de dichos militares.

Hasta ahora no se han anunciado oficialmente ni publicitado la emisión de dichos acuerdos, pese a que el viernes pasado ya se anunció el despliegue de militares convertidos en Guardia Nacional, y a que el secretario de Seguridad, Alfonso Durazo, justificó en un tuit este despliegue.

El gobierno federal tampoco ha detallado qué capacitación habría impartido a los militares transferidos a la Guardia Nacional, para que cumplan con el perfil de policía civil que establece el artículo 21 constitucional.

Alfonso Durazo declaró que no sería necesario aplicar controles de confianza policial a los militares transferidos a la Guardia. De acuerdo con expertos y legisladores que aprobaron la reforma, esto contradice lo estipulado en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, donde se advierte que todo elemento abocado a esta tarea debe someterse a control de confianza.

La reforma constitucional autoriza solo la transferencia de policías militares y navales a la nueva fuerza, pero no de elementos de batallones convencionales. No obstante, el periódico Reforma publicó en su edición del 27 de abril que los efectivos con brazalete de Guardia Nacional distribuidos en Minatitlán eran soldados de la 29 Zona Militar, y que uno de ellos dijo que "les pusieron el brazalete y ya", sin referir una transferencia formal o capacitación.

El dictamen de reforma constitucional aprobado por el Senado también señalaba en el apartado de consideraciones que los militares transferidos a la Guardia deberían pedir licencia al cargo, una situación que tampoco se ha dado. Durazo declaró incluso que - bajo consideración del gobierno - no sería necesaria esta licencia.

Escrito en: Guardia Nacional Guardia, militares, Nacional, reforma

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