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MARIBEL CONCEPCIÓN MÉNDEZ DE LARA

Una nueva Ley Agraria, ¿para qué?

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El campo es estratégico para el desarrollo. El Inegi reporta que en el primer trimestre del presente año las actividades agropecuarias crecieron 2.6%, un máximo que no se observaba desde 2013. El campo es una de las áreas de oportunidad para el crecimiento económico y reducir la desigualdad.

En México, de casi 200 millones de hectáreas, 99.8 millones son propiedad de 32,121 núcleos agrarios. Algunos concentran gran riqueza en agua, ecosistemas y biodiversidad.

Hace 27 años se llevó a cabo la última reforma en materia agraria al Artículo 27 Constitucional, expidiéndose la Ley Agraria. Un nuevo marco legal agrario que responda a los tiempos actuales es necesario para el desarrollo rural.

En la LXIV Legislatura se han presentado dos iniciativas para derogar la Ley Agraria y expedir una nueva. La primera (Ley para el Desarrollo Agrario) propuesta por el Dr. Ricardo Monreal Ávila el 23 de octubre de 2018 y, la segunda (Ley Federal Agraria), acompañada de una iniciativa de Código Procesal Agrario, por el Dr. José Narro Céspedes el 13 de diciembre de 2018.

Desde mi óptica, los cambios fundamentales en la Ley Agraria en lo sustantivo, debieran considerar:

Crear un Fondo para financiar a ejidos y comunidades, y se conviertan en verdaderas organizaciones para la producción, con reglas para fomentar el aprovechamiento de 70 millones de hectáreas de tierras de uso común, sujetas a decisiones de asambleas, con padrones de personas actualizados y lograr un vínculo entre lo agrario y lo productivo.

Regular bases para el acceso al crédito, con garantías diferentes a la hipotecaria, considerando que hasta hoy la propiedad ejidal y comunal no se puede otorgar en garantía -sólo su usufructo- y éste generalmente no es aceptado por la banca.

Establecer normas para inversión en tierras de ejidos y comunidades, que propicien equidad y legalidad; crear incentivos para que sus integrantes se conviertan en socios, con seguridad jurídica para todas las partes, armonizando derechos de propiedad, impacto social e impacto ambiental, y establecer salvaguardas para los titulares de derechos agrarios.

Lograr la convergencia entre las normas agrarias con las ambientales: en materia de aguas, bosques y selvas, para su aprovechamiento sostenible.

Los asentamientos humanos en tierras ejidales y comunales y su regularización requieren de una respuesta legal clara. Ello debido a que las manchas urbanas han crecido en parcelas -hoy subdivididas-, sin alternativa para su registro y con una creciente conflictividad.

Regular la protección de las tierras y recursos naturales de ejidos y comunidades pertenecientes a pueblos indígenas.

Normar incentivos para que más mujeres accedan a derechos agrarios, reconocer plenamente los derechos de posesionarios de parcelas y garantizar la libertad de ejidatarios y comuneros para heredar sus derechos.

En el proceso adjetivo de impartición de justicia agraria, regular un procedimiento sumario en materia de sucesión, que representa el 30% de los asuntos controvertidos ante Tribunales Agrarios.

Reducir la duración del juicio agrario a través de: i) Fortalecer el proceso conciliatorio dentro de juicio; ii) Simplificar la integración de la prueba pericial; y, iii) Simplificar reglas para la igualdad en materia de representación legal. Esperamos ser testigos de la expedición de una legislación agraria que responda a las realidades del siglo XXI.

Twitter: @Maribelmendezd3

Escrito en: MARIBEL CONCEPCIÓN MÉNDEZ DE LARA derechos, materia, tierras, millones

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