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Autorizan a IFT no aplicar tope salarial

La Primera Sala de la Suprema Corte votó a favor de autorizar al IFT pagar los salarios de 2018.

Autorizan a IFT no aplicar tope salarial

Autorizan a IFT no aplicar tope salarial

AGENCIAS

No se especificó si se podrá permitir el pago retroactivo de las remuneraciones de los comisionados del IFT.

La Suprema Corte de Justicia autorizó al Instituto Federal Electoral de Telecomunicaciones (IFT) no aplicar el tope salarial dictado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en la Ley de Remuneraciones derivado de una controversia promovida en enero.

Se trata de una medida que fue votada en la Primera Sala de la Suprema Corte y que estará vigente en tanto el Pleno resuelve de fondo la controversia promovida por el IFT y que le permitirá pagar los sueldos de 2018.

No se especificó si se podrá permitir el pago retroactivo de las remuneraciones de los comisionados del IFT.

En enero de este año, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la controversia constitucional promovida por el IFT para impugnar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, pero la Suprema Corte rechazó la solicitud para suspender las disposiciones que prohíben fijar sueldos superiores a los que percibe el presidente.

La Ley de Remuneraciones establece que ningún funcionario público puede percibir un monto mayor al que percibe el presidente, de 108 mil pesos mensuales.

De acuerdo con información publicada por El Financiero el 15 de enero de este año, al menos 65 funcionarios del IFT percibían una remuneración superior a la del presidente, entre ellos, los comisionados que recibían 3.3 millones de pesos anuales.

 SCJN NIEGA SUSPENDER LA APLICACIÓN DE LA LEY DE SALARIOS DE AMLO Ayer, la SCJN negó suspender la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos reformada en abril pasado.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa rechazó la petición del Instituto Nacional Electoral (INE) en la controversia constitucional que presentó, y admitió a trámite la demanda interpuesta por el Banco de México (Banxico) que impugnó la reforma de 15 de los 17 artículos que conforman la ley.

"De forma destacada, se controvierten los artículos 1o, segundo párrafo, 3o., fracción III, 6o., fracción IV, inciso a), segundo párrafo, 7o., fracción III, último párrafo, 7 Bis y 12, segundo párrafo, de la LFRSP, así como los Transitorios Primero y Segundo del Artículo Primero del propio Decreto de Reformas", señaló Banxico en su demanda de controversia constitucional.

Además de estas dos controversias, la ley reformada que establece que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente de la República ha sido impugnada mediante dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por el Senado de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), pero también negó la suspensión solicitada.

Escrito en: IFT tope salarial controversia, párrafo,, segundo, promovida

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