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ALERTA DE GÉNERO

¿Qué es la alerta de género y cuál es su función?

¿Qué es la alerta de género y cuál es su función?

¿Qué es la alerta de género y cuál es su función?

EL UNIVERSAL

La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, se reunió con 40 feministas para escuchar sus solicitudes de cómo erradicar la violencia de género y las acciones que se tomarán en colaboración, después de la manifestación del viernes pasado, que termino en actos vandálicos.

En la reunión a puerta cerrada, las especialistas de derechos humanos e integrantes de colectivos propusieron a la mandataria declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en la Ciudad de México y que sea un trabajo coordinado para que funcione, además de que los policías sean capacitados por parte de los colectivos.

De acuerdo con algunas asistentes, también se habló de que Sheinbuam tenga diálogo con las víctimas de feminicidio y no se filtre la información de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de los casos de violencia.

Pero, ¿qué es la alerta de violencia de género contra las mujeres?

La alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su trámite para emitirla o concederla lo describe el Reglamento de dicha Ley.

Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa); la violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad. (Artículo 22 de la Ley de Acceso).

¿Cuál es el objetivo fundamental de la alerta de violencia de género contra las mujeres?

Garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).

¿Qué es la violencia feminicida?

Es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasionada por la violación de sus derechos humanos, en los espacios público y privado; está integrada por las conductas de odio o rechazo hacia las mujeres, que pueden no ser sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. (Artículo 21 de la Ley de Acceso).

¿Cuándo se presenta un agravio comparado?

Cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública contengan alguno de los siguientes supuestos y éstos transgredan los Derechos Humanos de las Mujeres:

Distinciones, restricciones o derechos específicos diversos para una misma problemática o delito, en detrimento de las mujeres de esa entidad federativa o municipio;

No se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando una discriminación y consecuente agravio, o

Se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los Derechos Humanos de las Mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres se han declarado?

Estado de México: Se declaró el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.

Morelos: Se declaró el 10 de agosto de 2015 para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec.

Michoacán: Se declaró el 27 de junio de 2016 para 14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huétamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío.

Chiapas: Se declaró el 18 de noviembre en 7 municipios del estado: Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores. Asimismo, requiere acciones específicas para la región de los Altos de Chiapas, la cual incluye los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Shanal, Chenalhó, Huiztán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Cristóbal de las Casas, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.

Nuevo León: Se declaró el 18 de noviembre en 5 municipios del estado: Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y Monterrey.

Veracruz: Se declaró el 23 de noviembre de 2016 en 11 municipios: Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz y Xalapa.

Sinaloa: Se declaró el 31 de marzo de 2017 en 5 municipios: Ahome, Culiacán, Guasave, Mazatlán y Navolato.

Colima: Se declaró el 20 de junio de 2017 en 5 municipios: Colima, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Tecomán y Villa de Álvarez.

San Luis Potosí: Se declaró el 21 de junio de 2017 en 6 municipios: Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.

Guerrero: Se declaró el 22 de junio de 2017 en 8 municipios: Acapulco de Juárez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo, Coyuca de Catalán, Iguala de la Independencia, José Azueta, Ometepec y Tlapa de Comonfort.

Quintana Roo: Se declaró el 7 de julio de 2017 en tres municipios: Benito Juárez, Cozumel y Solidaridad. Asimismo, requiere acciones específicas para el municipio de Lázaro Cárdenas, municipio de población indígena.

Nayarit: Se declaró el 4 de agosto de 2017 en siete municipios: Acaponeta, Bahía de Banderas, Del Nayar, Ixtlán del Río, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tepic. Asimismo, establece acciones específicas para los municipios con predominante población indígena: Del Nayar, La Yesca y Huajicori.

Veracruz: Se declaró el 13 de diciembre de 2017 por agravio comparado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

¿Se ha decidido no declarar alguna Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?

En siete ocasiones se ha determinado no declarar la AVGM debido a que se ha concluido que se actualizan elementos objetivos suficientes para declarar procedente la alerta de violencia de género contra las mujeres:

Guanajuato: el 30 de junio de 2015 se notificó la no procedencia de la AVGM.

Baja California: el 19 de mayo de 2016, se notificó la no procedencia de la AVGM.

Querétaro: el 9 de febrero de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.

Puebla: el 7 de julio de 2017, se notificó la no procedencia de la AVGM.

Cajeme, Sonora: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.

Tabasco: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.

Tlaxcala: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.

¿Cuántas solicitudes de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres están vigentes?

Al día de hoy, hay 9 procedimientos en trámite: Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Yucatán y Zacatecas.

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