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CNDH emite recomendación contra Cefereso 14 por personal de salud insuficiente

CNDH emite recomendación contra Cefereso 14 por personal de salud insuficiente

CNDH emite recomendación contra Cefereso 14 por personal de salud insuficiente

GUADALUPE MIRANDA

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en contra del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 14 de Gómez Palacio por la violación a los derechos a la salud en agravio de cuatro personas privadas de su libertad. 

De acuerdo con la recomendación número 149/2022, girada el 15 de julio, se consideró dicho agravio debido a la insuficiencia del personal de salud para su atención médica integral, tanto para los afectados como para el resto de la población. 

Con el propósito de proteger la identidad de las personas involucradas en los hechos y evitar que sus nombres se divulguen, serán omitidos e identificados como VI, V2, V3 y V4. 

De acuerdo con el documento, el 24 de agosto de 2021, personal de la CNDH sostuvo entrevista con V1, quien refirió que padece de un quiste testicular desde hace 2 o 3 años y que desde hace un año y medio le practicaron un ultrasonido en esa área genital, mismo que no fue analizado por un especialista, aunado a que presenta un problema en el ojo izquierdo. Precisó que a finales del mes de agosto de esa misma anualidad lo vio un médico adscrito al Cefereso indicándole que haría gestiones para practicarle una cirugía. 

El 23 de agosto de 2021 se realizó entrevista a V2, quien manifestó que padece tendinitis, en virtud de que tiene pie plano, por lo que solicitó a la autoridad penitenciaria. 

El 27 de agosto del mismo año, personal de la CNDH entrevistó a V3, quien manifestó que presenta una hernia umbilical además de hemorroides, lo que dio origen al expediente CNDH/3/2021/10554/Q por su nula atención. 

Mientras que V4 manifestó que padece hipertensión además de que presenta un absceso de 1 centímetro aproximadamente en la parte baja y externa del estómago, dolor en el oído derecho y onicomicosis. Precisó que el 6 de agosto del año pasado le habían prescrito  una resonancia magnética y radiografía, que no se le practicó. 

La Comisión Nacional fue enfática en señalar que la autoridad penitenciaria no puede anteponer el factor de que no hay personal médico interesado en laborar o prestar sus servicios en los Centros Federales como una causa que limita su obligación de salvaguardar el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad, en virtud de que bajo ese supuesto se estaría perdiendo el objetivo bajo el cual debe estar organizado el Sistema Penitenciario, en tanto, las personas que están bajo la custodia deben gozar de derechos humanos como es el de la salud. 

Como parte de la recomendación, la CNDH fijó un plazo no mayor a 90 días para que proporcione a los afectados la atención médica integral que requieran, la cual deberá ser gratuita y en el caso de las personas que requieran de alguna especialidad médica, sean referidas a instituciones de salud especializadas. 

Así como que en el mismo plazo, se establezcan y ejecuten acciones para que la plantilla de personal médico del Cefereso número 14 sea suficiente para atender la demanda de atención médica de la población penitenciaria de cada uno, debiendo formar un equipo médico multidisciplinario, que otorgue la atención de manera diligente en su primer nivel, así como especializada y procurar que esté disponible todos los días de la semana, y se envíen a  la Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

Escrito en: CNDH cefereso 14 personal, agosto, personas, salud

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