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La Suprema Corte valida el Renaut

El Universal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucionalmente valido el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), porque no viola ni transgrede la garantía de privacidad y de inviolabilidad de comunicaciones.

Los ministros revisaron un amparo que promovió una empresa que alegaba que el registro atenta contra de las garantías protegidas por el artículo 16.

La empresa Prudential Real Estate Investors argumentaba que el Renaut vulnera las garantías de privacidad y de inviolabilidad de comunicaciones, porque obliga a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones a elaborar y conservar un registro separado de los usuarios.

Conforme a la reciente reforma al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, las empresas concesionarias deben contar con un registro de los dueños de los teléfonos en los que se incluya, entre otros datos, el nombre, domicilio, nacionalidad y número, así como los datos relativos al tipo de comunicación, servicios suplementarios de mensajería o multimedia, y los elementos necesarios para rastrear e identificar el origen y destino de las comunicaciones.

Escrito en: México Suprema Corte registro, Suprema, Corte, garantías

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