El término "presunción de muerte" no es exclusivo de Durango, se ha usado por décadas en esta entidad, en ocasiones cuando la creciente de ríos se lleva a personas y su cuerpo no aparece "tiene que ver con situaciones fuera de lo común", comenta Apolonio Betancourt Ruiz, presidente del Poder Judicial.
Reconoce que en el caso de personas desaparecidas a raíz de la lucha contra el narcotráfico, se decidió aplicar esta declaratoria de presunción de muerte, pero aclara que se puede usar en cualquier otra circunstancia si se amerita, sobre todo en cuestiones donde la naturaleza provoca desastres, ya sea deslaves de cerros, avenidas de agua o terremotos, comentó.
Pero aclara que para poder declarar a una persona presuntamente muerto, tiene que realizarse un proceso determinado de búsqueda y solo cuando las autoridades encargadas de ellos claudiquen en el intento, entonces se puede solicitar esta declaratoria.
Hasta ahora no ha existido, al menos que se conozca, ningún caso donde la persona declarada como presuntamente muerto regresara y tuvieran que cambiar algunos juicios testamentarios, "no hemos tenido ninguna situación de esa naturaleza", dijo.
Pero aclaró que esta declaratoria no es exclusiva en Durango ni se instituyó para el tema de los desaparecidos por la guerra contra el narcotráfico, "esta declaratoria se ha usado desde hace décadas, aunque el mayor número de actas que se han emitido han sido por el tema de la delincuencia".
En el caso de una persona que se fue a los E.U. y no aparece, no se puede declarar como presunción de muerte, concluyó.