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México y Turquía firman acuerdo para evitar doble imposición

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Los gobiernos de México y de Turquía firmaron en Ankara, Turquía, el acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta entre ambas naciones, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El principal objetivo de este convenio es eliminar la doble tributación, pues ésta representa una carga fiscal excesiva tanto para los residentes de México como de Turquía que realizan operaciones comerciales o financieras entre sí.

De esta forma, se busca eliminar las cargas fiscales que obstaculizan el flujo de inversiones, destacó la dependencia federal en un comunicado.

Indicó que el acuerdo armoniza los sistemas fiscales de los dos países y otorga certeza jurídica respecto del sistema fiscal aplicable a la inversión mexicana y turca, lo que permitirá fomentar los negocios entre ambos países.

Asimismo, propiciará mayores niveles de rentabilidad de las inversiones que se realicen en cada uno de éstos, generando un ambiente adecuado para incrementar los flujos de inversión, lo cual redundará en el bienestar económico tanto de Turquía como de México.

Para cumplir con su objetivo, agregó, el convenio asigna derechos de gravamen al Estado de la fuente o al de residencia, determinando así, qué sistema fiscal resultará aplicable dependiendo del tipo de ingreso de que se trate.

Por ejemplo, beneficios empresariales, ganancias de capital, pensiones, ingresos percibidos por artistas y deportistas, estudiantes y maestros, entre otros.

En los casos de dividendos, intereses y regalías, el acuerdo incluye una tributación compartida por ambos Estados, precisó la Secretaría de Hacienda.

Apuntó que se establece una tasa máxima de retención en el Estado de la fuente para dividendos de 5.0 por ciento cuando el beneficiario efectivo sea una sociedad que tenga la propiedad directa de por lo menos 25 por ciento del capital de la sociedad que paga los dividendos y de 15 por ciento en los demás casos.

En tanto, para intereses, de 10 por ciento cuando sean pagados a bancos y de 15 por ciento en los demás casos; y para regalías, del 10 por ciento en todos los casos, abundó.

Por otra parte, señaló, cuando ambos Estados estén facultados para gravar una determinada renta, el convenio establece los métodos para eliminar los efectos de la doble imposición.

En el caso de México, el método a utilizar será el acreditamiento del impuesto pagado en Turquía por un monto que no exceda del que sería exigible en México por el ingreso por el que se haya pagado impuesto, anotó.

Otro de los objetivos principales del acuerdo es el combate a la evasión fiscal, mediante el fomento del intercambio de información entre las autoridades competentes de los países signatarios.

En este sentido, expuso, se prevé dicho intercambio para la aplicación tanto del acuerdo, como de la legislación interna relativa a los impuestos de cualquier naturaleza o descripción exigidos por ambos países.

En virtud de tratarse de una cláusula de intercambio de información amplia, existe la posibilidad de obtener información, aunque ésta no sea necesaria para los efectos impositivos internos del Estado requerido, puntualizó.

Asimismo, indicó la SHCP; los Estados no podrán negarse a intercambiar información únicamente por el hecho de que esté detentada por instituciones bancarias o financieras.

Si bien el convenio implica beneficios para eliminar las cargas fiscales que obstaculizan el flujo de inversiones, también pone especial cuidado en evitar que en lugar de eliminar la doble tributación, se otorguen dobles exenciones, abundó.

En virtud de lo anterior, añadió, se han incluido diversas cláusulas anti-abuso para evitar que los ingresos exentos en un Estado contratante se exenten también en el otro Estado por virtud de la aplicación del acuerdo.

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