Regional

Fijan criterios de blindaje electoral

MARÍA GUERRERO

El Cabildo de Lerdo fijó los criterios para el blindaje electoral, esto con el propósito de mantener un irrestricto apego a la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

De esta manera, los integrantes del referido órgano colegiado aprobaron por unanimidad el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, y después del estudio de los miembros de la misma se propuso el punto de acuerdo para la autorización del blindaje electoral en el que el Ayuntamiento acata de manera irrestricta el apego a la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE/CG398/2017, mediante el cual se ejerce la facultad de atracción para fijar los criterios tendientes a garantizar los principios de imparcialidad en el uso de recursos públicos y equidad en la contienda para los procesos electorales 2017-2018.

Con base en lo cual se establece un horario de trabajo de los miembros del Cabildo emanados del proceso electoral, que será de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas, sin tener la obligación de registrar entradas ni salidas, ni sujetarse a ningún control de horario, pudiendo desarrollar este horario en oficinas o en gestiones.

Además, se determinan las áreas en las cuales, por la naturaleza de sus funciones y el servicio que prestan, se consideran como dependencias de servicios de 24 horas, en las que su personal se sujetará a tal consideración, siendo estas Tránsito y Vialidad, Seguridad Pública, Protección Civil y Salud Municipal.

También, se acuerda que todos los servidores públicos del Municipio tienen la prohibición de desviar recursos, bienes y servicios para los fines electorales, y concretamente el uso de vehículos oficiales y no atender asuntos electorales en horario de trabajo por ser considerado también desvío de recursos públicos, por lo que a través del Secretario del Ayuntamiento se les hará saber tal determinación.

Tampoco se aceptarán ni se otorgarán licencias económicas a sabiendas de que se piden para que el personal atienda asuntos electorales con dichos permisos.

Finalmente, queda prohibido a todo el personal e integrantes del Ayuntamiento hacer entrega de bienes y servicios emanados de programas sociales con fines electorales; solo se realizarán tales entregas a los habitantes del municipio que tengan la necesidad, siempre y cuando se cumpla con los lineamientos del programa respectivo.

Escrito en: blindaje electoral servicios, electorales, personal, criterios

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