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PODER JUDICIAL

Capacitan a futuros actuarios del Poder Judicial del Estado de Durango

Carrera. Se trata de un mecanismo de capacitación para los profesionistas del Derecho que aspiran a integrarse a las filas del Poder Judicial del Estado.

JUAN M. CÁRDENAS 22 jun 2025 - 04:03

El Poder Judicial del Estado de Durango (PJED) inició un curso de "Formación de actuarios judiciales" con el objetivo de desarrollar profesionales capacitados para el debido desempeño de la función actuarial en las materias Familiar, Civil, Mercantil, Penal y Laboral.

El curso, que cuenta con una participación de alrededor de 50 profesionistas del Derecho, se desarrolla en modalidad híbrida y tiene una carga académica de 80 horas.

El Poder Judicial informó que el objetivo principal del curso es dotar a los participantes de las competencias básicas necesarias para efectuar los actos de comunicación y ejecución procesal acorde con la ley. El curso incluye temas como "Expediente virtual", "Ortografía y redacción", "Notificaciones civiles y familiares", "Notificaciones penales", "Notificaciones laborales", "Emplazamiento y ejecución mercantil" y "Notificaciones de amparo".

Los alumnos admitidos en este curso fueron seleccionados a partir de una convocatoria emitida por el Consejo de la Judicatura, y para obtener la constancia respectiva y formar parte de la lista en reserva para integrarse a las filas del Poder Judicial en la función actuarial, deberán cumplir con los requisitos mínimos de acreditación del curso, que incluyen asistencia, aprobación de asignaturas y examen final de aptitud.

Cabe mencionar que la Actuaría es la función judicial que representa el primer estabón de la carrera judicial, quienes la ejercen gozan de fe pública por lo que se les considera los ojos de las personas juzgadoras. Esta función puede desempeñarse en la notificación o la ejecución judicial, ambas esenciales en la tarea de impartir justicia.

En el Poder Judicial local las personas actuarias notificadoras se encuentran adscritas directamente a los juzgados con la facultad de dar avisos personales, oficiosos o por lista a las partes que intervienen en un juicio, como puede ser emplazamientos, requerimientos, citaciones o resoluciones.

Por su parte, las personas actuarias ejecutoras cumplimentan las órdenes judiciales que recaen en el Departamento de Actuaría de Ejecución; ejecutan resoluciones sobre personas o bienes, posesión de niñas, niños o adolescentes, lanzamientos, embargos, entre otras prácticas que requieren ejecución, que pueden presentarse en juicios familiares, civiles, pero sobre todo en los mercantiles.

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