¿Derecho o servicio? El debate sobre el cobro del agua potable en México
El acceso al agua en México está garantizado en la Constitución como un derecho humano fundamental. Así lo establece el artículo 4°, que señala que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.
Entonces surge la duda que a muchos incomoda: si es un derecho, ¿es legal que nos cobren por el servicio de agua potable?
La respuesta está en distinguir entre el derecho al agua y el servicio público que permite llevarla a los hogares. El agua en sí misma es un bien natural y su acceso no debe negarse, pero el proceso de potabilización, distribución, infraestructura y mantenimiento de redes implica un costo que recae en los organismos operadores.
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En otras palabras: no se cobra por el agua, sino por el servicio de llevarla de manera segura hasta la llave de tu casa.
De ahí que el cobro sea legal y necesario para sostener el sistema, aunque el reto sigue siendo garantizar que las tarifas sean justas y que el acceso al agua no se limite por condiciones económicas.
El debate, sin embargo, está abierto: ¿qué tanto debería el Estado absorber esos costos para asegurar un acceso verdaderamente universal y equitativo?