Retorno. El próximo 1 de septiembre regresan a clases alumnos de nivel Básico y Media Superior.
Ante el regreso a clases para el ciclo escolar 20225-2026 el próximo lunes 1 de septiembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que los pagos por colegiaturas y transporte escolar son susceptibles de deducir en la declaración anual de personas físicas.
El beneficio fiscal aplica para familiares o descendientes en línea recta, siempre y cuando dichas personas no perciban ingresos superiores al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, equivalente a 41 mil 273 pesos.
En cuanto al transporte escolar, deberá separarse de la factura de la colegiatura, para poder hacer valida la deducción por ese monto. El método de pago debe ser con cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito o servicios.
Destacan que se debe considerar que el monto anual pagado que se puede deducir por colegiaturas no debe exceder los límites establecidos por estudiante para cada nivel educativo.
En el caso de preescolar son 14 mil 200 pesos; para la primaria son 12 mil 900 pesos; en secundaria 19 mil 900 pesos; bachillerato, 24 mil 500 pesos, y en profesional, 17 mil 100 pesos.
Los conceptos no deducibles son la inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos, entre otros.
RECOMENDACIONES
Los padres de familia deben asegurarse de que las instituciones educativas cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
El padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales se puede consultar en la página http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx
Se recomienda revisar también las facturas que se emitan por este concepto y cerciorarse de que contengan el complemento de datos que incluye el nombre y CURP de la o el alumno, su nivel escolar y clave de reconocimiento de validez oficial.
Mientras que en el campo "Uso del CFDI" debe ser "Pagos por servicios educativos" y la clave debe corresponder al medio de pago.