¿Qué dice la ley en Durango sobre un menor que cometa el delito de lesiones?
Un nuevo hecho de violencia ocurrió la noche del pasado miércoles 9 de abril, cuando se compartió en redes sociales un video donde se observa como una persona es agredida en una de las calles del fraccionamiento Huizache.
En el video se aprecia a un joven, quien fue identificado posteriormente como Brandon, de 17 años de edad, el cual sufrió de golpes en brazo, abdomen y cabeza, por otros jóvenes y por lo cual tuvo que ser ingresado al Hospital General 450 de la ciudad de Durango.
Este fraccionamiento ha estado en el foco de la atención por ser un escenario frecuente de peleas entre grupos de jóvenes, presuntamente integrantes de pandillas, lo que ha mantenido alerta a sus habitantes y a la autoridad.
Tras lo sucedido, de nueva cuenta surge en la sociedad el reclamo a la autoridad para que actúe en estas situaciones y se aplique la Ley, sin embargo, persiste la duda de hasta qué punto pueden las corporaciones de seguridad intervenir, al ser en primera instancia menores de edad los involucrados en estos hechos.
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¿Qué dice la ley sobre menores de edad?
En Durango, la regulación sobre menores que cometen delitos, incluido el de lesiones, se encuentra principalmente en el Código de Justicia para Menores Infractores del Estado de Durango y está alineada con la legislación nacional, como la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor aplicable en México.
La ley establece algunas consideraciones y aquí las explicamos:
En primera instancia se debe de determinar la edad del menor para establecer una responsabilidad penal. Si el infractor es menor de 12 años no son penalmente responsables. En estos casos, se aplican medidas de protección social o intervención a través de servicios sociales, no sanciones penales.
En el caso de que el infractor se encuentre entre los 12 y 18 años, sí pueden ser sujetos a procesos judiciales bajo el sistema de justicia para menores, pero con un enfoque educativo y de reinserción, no punitivo, como en el caso de los adultos.
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¿Y en el caso del delito de Lesiones?
El delito de lesiones se encuentra tipificado en el Código Penal del Estado de Durango, en sus artículos 140 y siguientes. En el caso correspondiente a menores de edad, la imputación dependerá de la gravedad del acto (lesiones simples o calificadas) y las circunstancias específicas, como la intención, el daño causado y el contexto (por ejemplo, si fue en una riña o por impulsividad).
Acorde a las cifras de Seguridad Pública, el delito de lesiones es el delito más común para adolescentes en Durango, representando un alto porcentaje de los casos atendidos por el Tribunal para Menores Infractores.
En estos caso, ¿Qué sucede?
Si un menor comete el delito de lesiones, el caso es remitido al Ministerio Público especializado en menores, quien inicia una investigación. Si el caso es leve, se puede buscar una solución extrajudicial, como conciliación con la víctima, disculpas públicas o tareas comunitarias.
Pero, si el delito es más grave, un Juez de Menores determina las medidas aplicables en una audiencia, considerando factores como la edad del menor, su desarrollo cognitivo, su historial y la gravedad del delito.
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Medidas
Bajo estas circunstancias, en lugar de penas de prisión como en adultos, a los menores se les imponen medidas socioeducativas, que pueden incluir:
- Amonestación o reprensión por parte del juez.
- Libertad asistida (supervisión por un tutor o autoridad).
- Prestación de servicios a la comunidad.
- Internamiento en un centro especializado (solo en casos graves, como lesiones calificadas con violencia extrema, y generalmente para mayores de 14 años).
- La duración de estas medidas varía según la edad y el delito: entre 1 y 3 años para menores de 14 a 16 años, y hasta 5 años para mayores de 16 años en delitos graves.
Este tipo de hechos delictivos señalan la necesidad de evaluar con mayor medida las leyes sobre menores infractores, siempre en cumplimiento de los Derechos Humanos, y de la Niñez, pero tomando en cuenta la gravedad y circunstancias del delito.