Advierte Coparmex riesgo de autocensura por sanciones contenidas en lineamientos
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtió que la protección de los derechos de las audiencias no debe derivar en mecanismos de control editorial ni en facultades que permitan a la autoridad intervenir en la valoración de contenidos informativos, pues ello podría generar autocensura, debilitar la libertad de expresión y afectar la certeza jurídica que requiere una sociedad democrática.
Durante su intervención en el Foro sobre Libertad Editorial, Regulación y Derechos de las Audiencias, organizado por la Cámara de Diputados, el vicepresidente nacional de Comunicación de Coparmex, Armando Zúñiga Salinas, enfatizó que “la mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos”.
Y estableció que “las democracias sólidas se construyen sobre la confianza en los ciudadanos, la pluralidad de voces, la certeza jurídica y el respeto irrestricto a las libertades fundamentales. Ninguna autoridad puede sustituir el juicio libre de una sociedad democrática”.
Y dijo que se deben defender los derechos de las audiencias pero también la libertad de expresión. “La mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos”.
Sostuvo que las audiencias merecen mecanismos efectivos para hacer valer sus derechos, mientras que los medios de comunicación necesitan independencia editorial, certeza jurídica y condiciones adecuadas para desempeñar su función social. Por ello, enfatizó que la protección de estos derechos no puede convertirse en un mecanismo de control editorial.
Reconoció la importancia de fortalecer la transparencia, la diferenciación entre información y publicidad, la accesibilidad para las personas con discapacidad, los mecanismos de rendición de cuentas y las Defensorías de las Audiencias. Sin embargo, advirtió que los Lineamientos actualmente sometidos a consulta pública contienen aspectos que deben revisarse con profundidad para evitar afectaciones a la libertad de expresión y al pluralismo democrático.
En tal sentido, se refirió al riesgo de que autoridad administrativa adquiera facultades para determinar qué información es verdadera, suficientemente contextualizada o aceptable desde una perspectiva oficial.
“Los estándares internacionales sobre libertad de expresión han establecido que las opiniones no pueden estar sujetas a juicios oficiales de veracidad y que cualquier medida estatal relacionada con contenidos debe cumplir estrictamente con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad”.
Por lo que la función de una autoridad reguladora debe consistir en garantizar procedimientos y derechos, no en convertirse en árbitro de los contenidos informativos. “Cuando una autoridad comienza a calificar contenidos editoriales, deja de proteger las condiciones del debate público y corre el riesgo de intervenir directamente en él”, puntualizó.
Alertó también que la posibilidad de imponer sanciones económicas significativas bajo criterios subjetivos puede generar incentivos para evitar investigaciones sensibles, temas controvertidos o posiciones críticas, produciendo efectos de autocensura incompatibles con una democracia abierta y deliberativa.
Adicionalmente, señaló que conceptos como “veracidad”, “información falsa” o “información descontextualizada” requieren definiciones precisas, objetivas y verificables. De lo contrario, se abre espacio a interpretaciones discrecionales que afectan la certeza jurídica y generan incertidumbre sobre el alcance de las obligaciones regulatorias.