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DECLARACIÓN ANUAL 2026

Declaración Anual 2026: fechas oficiales del SAT y plazos para personas físicas

Es de suma importancia realizar la Declaración Anual; esto evita multas, sanciones y permite facilitar pagos. A continuación te damos las fechas exactas.

Declaración Anual 2026: fechas oficiales del SAT y plazos para personas físicas

SANDRA VENEGAS 21 ene 2026 - 19:48

La presentación de la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es de suma importancia tanto para personas físicas como personas morales.

Es una obligación de todos los mexicanos realizar el trámite en tiempo y forma, pues permite mantener un control fiscal y así evitar multas o recargos que afecten en un futuro a la persona económicamente.

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¿Cuáles son las fechas en las que se presenta la Declaración Anual en 2026?

La declaración anual del ISR es un proceso en el cual el SAT comprueba los ingresos que una empresa o una persona obtiene durante un año y el impuesto que debe pagar en caso dado.

La fecha en la que se presenta la declaración para personas físicas de este año es del 1 al 30 de abril.

Las personas que deben presentar esta declaración son aquellas que obtuvieron pagos por honorarios o actividades empresariales; si se pagó de más, se puede solicitar una devolución o, en caso de que se haya pagado de menos, se deberá cubrir la diferencia.

La fecha en la que se presenta la declaración para las empresas abarca un periodo del 1 de enero al 31 de marzo; el trámite permitirá revisar los cálculos de nómina y retenciones, así como mantener en cumplimiento la contabilidad.

¿Quiénes pueden presentar la declaración anual?

La declaración del ISR no aplica igual para todas las personas, pero sí es obligatoria para las personas que obtuvieron ingresos por alguna de las actividades que a continuación te presentamos:

  • Si tuviste dos o más empleadores o tuviste más de un trabajo al año.
  • Sí tuvieron un solo empleador, pero dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
  • Sí se obtuvieron ingresos mayores a 400,000 pesos.
  • Sí se obtuvieron ingresos adicionales distintos al salario.
  • Si trabajan de manera independiente, facturan por honorarios o actividades empresariales.
  • Ingresos por indemnización.
  • Percibieron ingresos del extranjero o criptomonedas.
  • Percibieron jubilaciones o pensiones que exceden montos exentos por la Ley del ISR.

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La multa, en caso de no ponerse al corriente con la declaración anual, va dependiendo:

  • Personas físicas: ,810 a ,400, por cada declaración.
  • Personas morales: ,870 a ,000, depende de la gravedad.
  • Y ,360 a ,740 pesos, por no presentar declaración en medios electrónicos cuando estás obligado a hacerlo.

En caso de no cumplir con la multa el SAT, este aplicará recargos o, si no cumples el pago parcial, se generarán recargos y pueden cancelar al beneficiario.

Las deducciones personales aplican en personas físicas, cuando:

  1. Gastos médicos y hospitalarios.
  2. Gastos funerarios.
  3. Donativos.
  4. Primas de gastos médicos mayores.
  5. Colegiaturas y transporte escolar.
  6. Créditos hipotecarios.
  7. Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro.

El no presentar la declaración anual o hacerlo muy tarde puede salir más caro.

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