LFT: ¿Si trabajo Jueves y Viernes Santo deben pagarme doble o triple?
Este jueves, viernes, sábado y domingo se celebra la Semana Santa en México, donde estudiantes de educación básica y algunas instituciones gubernamentales reciben un periodo vacacional para descansar.
Sin embargo, no ocurre lo mismo para los trabajadores del sector privado, quienes tienen que laborar de manera normal durante el 2, 3 y 4 de abril.
Cabe mencionar que anteriormente sí se daban estos días a todos los mexicanos, así los creyentes de la religión católica asistirían a la iglesia para realizar los ritos eclesiásticos. Sin embargo, debido a que se ha ido perdiendo dicha tradición, se quitó este beneficio.
Para quienes deben acudir al trabajo durante el Jueves y Viernes Santo, surge una duda sobre si habrá pago doble o triple, por lo que la Ley Federal del Trabajo (LFT) ha hablado al respecto.
Lee: ¿Fantasmas en Semana Santa? Estas son las leyendas más populares de Durango en esta fecha
¿Pago doble o triple por trabajar en Semana Santa?
El artículo 74 de la LFT indica que etos dos días, al igual que el sábado, no están establecidos como días de descanso obligatorio. aunque sí hay empresas que deciden darles media jornada de trabajo o completa, pero será informado con tiempo.
Por ello, quienes trabajan durante Jueves y Viernes santos recibirán un pago como cualquier día de la semana y no uno doble o triple.
Siguientes días de descanso obligatorio
Después de que la Semana Santa termine en México, en los próximos meses los trabajadores y estudiantes volverán a tener periodos de descanso obligatorios, que son:
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
- Miércoles 16 de septiembre: Celebración de la Independencia de México
- Lunes 16 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución (20 de noviembre)
- Viernes 25 de diciembre: Navidad