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Personas físicas, pueden buscar saldo a favor de hasta 5 años: Prodecon

Será en abril que se debe presentar la declaración fiscal del ejercicio 2025.

Deducciones. Son varios gastos, como los médicos, los que pueden generar un saldo a favor, pero deben solicitar el comprobante fiscal al momento del pago.

DENICE RAMIREZ 19 ene 2026 - 04:04

El año fiscal es idéntico al año calendario, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre, y una de las principales obligaciones fiscales es la presentación de la declaración anual. En el caso de las personas físicas, esta se presenta en abril; sin embargo, además de cumplir con esta obligación, se pueden generar beneficios.

César Ravelo, jefe del Departamento de Asesoría y Orientación en la Procuraduría de la Defensa de los Contribuyentes (Prodecon) Durango, precisó que es importante saber que, a partir de las deducciones personales derivadas de ciertos gastos, es posible generar un saldo a favor que puede solicitarse en devolución hasta por cinco años anteriores.

"Tal es el caso de que ahorita podemos hacer una declaración anual de los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024; es decir, al día de hoy se pueden presentar declaraciones de los últimos cinco años. Si alguna persona tuvo gastos en ejercicios anteriores a ese periodo, entonces ese derecho ya habría prescrito", explicó.

En abril de 2026 se deberá presentar la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2025, en la cual se pueden aplicar deducciones por gastos médicos, hospitalarios, dentales, funerarios, lentes, colegiaturas, donativos y análisis clínicos, los cuales pueden generar una devolución.

CUMPLIMIENTO Y REQUISITOS

Para poder generar un saldo a favor es necesario cumplir con ciertos requisitos, como contar con el comprobante fiscal debidamente requisitado.

"En las deducciones personales, uno de los principales requisitos son los comprobantes fiscales; otro es que los pagos se hayan realizado mediante tarjetas o transferencias bancarias. Los gastos médicos, hospitalarios, dentales, análisis clínicos y las colegiaturas de preescolar, primaria, secundaria y preparatoria deben pagarse con medios electrónicos", detalló.

En casos donde, por ejemplo, en hospitales, consultorios médicos o escuelas no se acepte el pago electrónico, se puede presentar una queja ante Prodecon. También es necesario que el comprobante fiscal se expida al momento del pago para que coincida con la fecha de la factura; de lo contrario, será complicado incluirlo posteriormente como deducción. "En la misma página del SAT existe una herramienta llamada visor de deducciones personales, donde se pueden identificar las facturas y comprobantes generados el año anterior y que cumplen con los requisitos para ser considerados durante la declaración de abril", señaló.

Finalmente, indicó que las deducciones por intereses reales pagados por créditos hipotecarios del Infonavit, Fovissste o instituciones bancarias también pueden ser susceptibles de devolución; sin embargo, en muchos casos existe desconocimiento por parte de los contribuyentes.

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