La verdad sobre la supuesta 'legítima defensa absoluta' en México
Desde hace unos días se difunde en redes sociales un mensaje que afirma que el Congreso de la Unión aprobó una reforma al Código Penal federal que “reconoce el derecho absoluto a la legítima defensa dentro del hogar, sin consecuencias penales”.
El mensaje incluso cita a una diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, y sostiene que se permitiría “repeler cualquier agresión en el domicilio, sin ser procesado”, incluyendo contra intrusos y abusos de autoridad.
Sin embargo, dicha información es completamente falsa.
El Congreso federal no ha aprobado durante 2025 (ni en años recientes) ninguna reforma de este tipo, y no existe actualmente ninguna disposición que otorgue un "derecho absoluto" a la legítima defensa sin proceso penal.
En México, la figura jurídica de legítima defensa ya estaba contemplada desde hace más de un siglo, presente en el Código Penal Federal desde 1871 y desarrollada posteriormente, por ejemplo, en el artículo 15 del Código Penal de 1931.
Además, la circulación de esta falsedad no es nueva. Medios de verificación como EFE Verifica han documentado que este tipo de publicaciones virales se remontan al menos a 2017 y vuelven a resurgir en redes con las mismas afirmaciones engañosas.
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El origen de la confusión
Parte del origen del rumor está en una reforma aprobada en 2018 en el Estado de Guanajuato, donde se modificó el Código Penal estatal para ampliar la legítima defensa en ciertos casos; y la diputada aludida, Libia García Muñoz Ledo, era en aquel entonces legisladora local. Pero en ningún caso fue una reforma federal ni con ese alcance absoluto.
Si bien la legítima defensa es una figura real en México, siempre está sujeta a investigación y no significa impunidad automática.