C Uando se piensa en consejeros electorales, muchas personas pueden tener una mala percepción, desde altos sueldos, privilegios, poco trabajo y un proceso de designación cuestionado; aunque las instituciones electorales gozan de alta credibilidad, paradójicamente, sus órganos máximos de dirección, conformados por consejeros, al ser de las figuras más evidentes, también son de las más criticadas.
Y un problema adicional es que también pocas veces se entiende su función e incluso se confunden competencias entre los distintos niveles de organización electoral; por ejemplo, el INE tiene Consejerías Nacionales, locales y distritales, además de que los Institutos Electorales Locales también tienen su propia estructura con Consejerías Estatales y, conforme a las elecciones, pueden tener municipales o distritales. Es decir, hay órganos tanto permanentes como temporales.
Si nos remontamos a su origen, este responde a la desconfianza en las instituciones encargadas de organizar las elecciones; durante buena parte del siglo XX, los procesos electorales estuvieron bajo el control del gobierno distrital. La creación del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) en 1990 empezó con la figura de los consejeros magistrados, pero el secretario de Gobernación todavía presidía el Consejo General.
Con la reforma de 1994 llegaron los consejeros ciudadanos, quienes adquirieron una participación mayoritaria en las decisiones de los órganos colegiados; y finalmente, en 1996, se consolidó la autonomía del IFE respecto del Poder Ejecutivo y surgió la figura de los consejeros electorales como la conocemos actualmente.
Pero la ciudadanización no ocurrió únicamente en el Consejo General del IFE; también alcanzó a sus consejos locales y distritales, donde se estableció un modelo que permanece hasta nuestros días: seis consejeros ciudadanos y un presidente proveniente de la estructura profesional del Instituto, todos con derecho a voto. De esta manera, las decisiones colegiadas quedaron en manos de una mayoría de ciudadanos que no pertenecen a la estructura administrativa permanente de la autoridad electoral.
Por lo tanto, se combinan 2 elementos: funcionarios profesionales encargados de la operación electoral y ciudadanos externos que participan en la deliberación, vigilancia y toma de decisiones. Una elección puede estar técnicamente bien organizada y, aun así, requerir mecanismos de supervisión, deliberación y control que permitan revisar las decisiones de quienes la ejecutan.
En un nuevo proceso electoral, todo esto importa, ya que justamente se abrió una convocatoria para cubrir 25 vacantes en los 4 Consejos Distritales de Durango que participarán en la organización de las elecciones de 2027. La convocatoria representa una oportunidad para que la ciudadanía participe directamente en la organización de las elecciones; a diferencia de lo que suele pensarse, no se trata de cargos reservados a especialistas en derecho electoral ni a personas con una trayectoria previa en el INE. La legislación exige determinados conocimientos para desempeñar la función, pero también abre la puerta a perfiles provenientes de distintos ámbitos profesionales y sociales.
En tiempos en los que buena parte de la discusión pública se concentra en los partidos, las candidaturas y las reformas electorales, vale la pena recordar que las elecciones también descansan en la participación de ciudadanos que, sin representar a una fuerza política, asumen la responsabilidad de contribuir a su organización. ¡A participar!
X: @omarortegasoria