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Quienes preparan un viaje en avión a Estados Unidos tienen un pendiente adicional antes de subir a la aeronave. Además de los documentos migratorios correspondientes, deberán cumplir con una disposición sanitaria que ya está vigente y también alcanza a pasajeros que únicamente harán una conexión en ese país.
La medida incluye a quienes vuelan desde México, por lo que conviene revisar con anticipación cómo la solicitará cada aerolínea.
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¿Qué documento están pidiendo?
Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) establecieron una declaración en la que los viajeros deben confirmar que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo.
El requisito entró en vigor el 3 de noviembre de 2026, a las 23:59 horas del este estadounidense, como parte de las medidas para reducir el riesgo de introducción del ébola mediante viajes aéreos.
La disposición aplica independientemente del país desde donde despegue el avión, por lo que también deben cumplirla los pasajeros que viajan desde aeropuertos mexicanos.
También aplica si solamente haces escala
La declaración comprende a pasajeros de cualquier nacionalidad, incluidos ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes. También deben presentarla quienes utilicen un aeropuerto de Estados Unidos para conectar con un vuelo hacia otro país.
Sin completar este procedimiento, la aerolínea deberá negar el abordaje, salvo que exista una exención autorizada por el gobierno estadounidense.
Esta exigencia específica corresponde a viajes aéreos; no aplica a cruces por la frontera terrestre ni a puertos marítimos.
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¿Hay que llevarla impresa?
Los CDC permiten que las compañías recaben la declaración en papel o mediante mecanismos electrónicos. Por ello, los pasajeros deben consultar directamente con su aerolínea cómo completarla antes de abordar.
Debe existir un registro por cada viajero. En el caso de menores de edad, el padre, la madre, tutor u otra persona autorizada puede realizar la declaración en su nombre.
LATAM, por ejemplo, ha indicado que los pasajeros lleven el documento impreso y firmado. Por eso, es importante revisar las instrucciones de la compañía con la que se realizará el viaje.
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¿Qué pasa si alguien estuvo en el Congo?
Los viajeros que hayan permanecido en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos no podrán abordar un vuelo hacia Estados Unidos, conforme a las restricciones vigentes.
Esto incluye haber realizado una conexión en un aeropuerto de ese país, aunque la persona no haya bajado del avión. Los afectados deberán permanecer fuera de Estados Unidos durante al menos 21 días después de salir del Congo y podrán abordar a partir del día 22, siempre que cumplan los demás requisitos de viaje.
Para quienes salen de México, la recomendación es revisar esta disposición junto con su documentación y completar el procedimiento que indique la aerolínea antes del embarque.