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Ley de Seguridad Interior

SCJN invalida Ley de Seguridad Interior

SCJN invalida Ley de Seguridad Interior

SCJN invalida Ley de Seguridad Interior

AGENCIAS

Con una votación de nueve ministros a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró oficialmente la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior (LSI) con la cual se buscaba regular la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad y combate a la delincuencia.

La anulación se perfilaba desde el pasado martes cuando seis ministros ya habían mostrado su rechazo a avalar esta ley y con la intervención de los cinco ministros restantes se confirmó la decisión. La ministra Margarita Luna Ramos que había anunciado también su voto contra la ley, tuvo que salir del Pleno previo a la votación, motivo por el cual esta no quedó 10 a uno.

El único ministro que votó a favor de la Ley fue Jorge Pardo Rebolledo, autor del dictamen en el cual se consideraba que la norma no violaba la Constitución siempre y cuando se eliminaran de la misma varios artículos. Pero sus colegas consideraron lo contrario.

En la sesión intervinieron los ministros Luis María Aguilar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Fernando Franco, Margarita Luna Ramos y Jorge Pardo. Los argumentos en contra de la ley fueron similares a los expuestos por los otros ministros.

CONGRESO NO TENÍA FACULTADES PARA LEGISLAR

El ministro Franco hizo énfasis en que la Constitución no habilita de forma alguna al Congreso a legislar sobre hechos que pueden afectar la seguridad pública, campo que es competencia exclusiva del Gobierno federal y de los gobiernos estatales. Añadió que la LSI intenta inferir que seguridad interior no es lo mismo que seguridad pública pero, a su juicio, esta diferencia no es clara.

"La intervención de las fuerzas armadas no se puede regular de esta forma. La Ley de Seguridad Interior representa una violación jurídica a la seguridad de todos. Por eso procede su invalidez total", señaló.

Desde el martes pasado algunos ministros habían concordado con este argumento. Incluso el ministro Arturo Zaldívar lo llamó "un fraude a la Constitución" al intentar hacer pasar a la seguridad interior como si no fuera seguridad pública.

El ministro Pardo Rebolledo, el único que consideraba a la LSI constitucional, señaló que no estaba de acuerdo con esta idea.

"El catálogo de amenazas que incluía la Ley permitía diferenciar que se consideraba seguridad interior a diferencia de la seguridad pública (...) Por eso no comparto que el Congreso haya incurrido en un ilícito no tipificado denominado aquí fraude a la Constitución", dijo Gutiérrez.

VOLVER A LOS SOLDADOS POLICÍAS

En sus intervenciones los ministros Franco y Gutiérrez Mena se refirieron a otro argumento expuesto desde el martes pasado: el que la LSI abre la puerta para normalizar el hecho de que el Ejército intervenga en tareas de seguridad pública, hecho que solo es legal y constitucional si se aplica a situaciones excepcionales, pero no como regla.

"Las facultades de las fuerzas armadas tienen que estar delimitadas con la excepcionalidad que limite su actuación. La Ley de Seguridad Interior no precisa que clases de acciones específicas puede hacer el ejército, y quedan abiertas las preguntas de si los militares pueden hacer arrestos o cateos", dijo Gutiérrez.

Este argumento fue refutado por el ministro Pardo quien sostuvo que la LSI señalaba que la intervención del Ejército solo se daría si primero quedaban rebasadas las fuerzas civiles de seguridad y si un gobierno estatal expresamente lo solicitaba.

 EL "FAST-TRACK" DEL CONGRESO

A diferencia de varios de sus colegas la ministra Margarita Luna Ramos consideró que el Congreso sí tenía facultades para legislar en materia de seguridad interior, postura en la que también coincidió el ministro Presidente de la Corte, Luis María Aguilar.

Sin embargo, la ministra Luna consideró que la LSI es inconstitucional debido a las irregularidades en el proceso de formulación y aprobación en el Congreso, el cual se hizo de forma apresurada sin que algunos diputados y senadores pudieran conocer siquiera el dictamen para analizarlo. Este argumento fue expuesto también el martes pasado por la ministra Norma Piña.

"Si bien no existe un plazo mínimo marcado para que un dictamen se reparta y luego apruebe es claro que en este caso el dictamen fue votado el mismo día en que se entregó, lo cual puede vulnerar la deliberación democrática que se requiere", dijo la ministra.

Escrito en: ley de seguridad interior seguridad, ministro, ministros, cual

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