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MIGUEL ÁNGEL CARMONA

Servidores no pueden bloquear a usuarios de redes sociales: SCJN

Servidores no pueden bloquear a usuarios de redes sociales: SCJN

Servidores no pueden bloquear a usuarios de redes sociales: SCJN

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no pueden bloquear a usuarios de las redes sociales que hagan críticas severas o comentarios sobre su desempeño.

Luego de la presentación del proyecto realizado por el ministro Eduardo Medina Mora, la Segunda Sala votó por confirmar el amparo interpuesto por el periodista Miguel Ángel Carmona, bloqueado en Twitter por sus comentarios en redes sociales contra Jorge Winkler Ortiz, fiscal general del estado de Veracruz.

De acuerdo con el expediente 1005/2018, cuando un funcionario bloquea en sus redes sociales a un ciudadano, "atenta contra los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de la ciudadanía".

Al hacerlo, Winkler colocó su cuenta de Twitter "en una posición de mayor escrutinio público", resaltó la SCJN en un comunicado.

El proyecto aprobado establece que el derecho a la información debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad alegado por Winkler, pues el bloqueo realizado implicó una restricción indebida al derecho de información del reportero.

Este ciudadano [Jorge Winkler Ortiz] decidió cruzar la línea que lo convirtió en una persona pública, por lo que sus expresiones y actividades seguirán sujetas a un nivel de escrutinio social y a un umbral de protección menor, en los términos planteados por la jurisprudencia en la materia", abunda.

Escrito en: MIGUEL ÁNGEL CARMONA SCJN redes, información, derecho, sociales

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