
Clasifcación. Este rubro incluye diversos medios de transporte motorizados ligeros.
El cuarto regidor, Yahir Vitela García, y presidente de la Comisión de Tránsito y Vialidad, presentó ante dicha comisión una iniciativa para la actualización del marco normativo municipal.
La propuesta consiste en la adición o incorporación de un anexo al Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio, específicamente en lo relativo a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Este rubro incluye diversos medios de transporte motorizados ligeros, tales como: bicimotos, scooters, patinetes electrónicos, bicicletas eléctricas y otros vehículos de recreación para adultos y menores que, por su naturaleza, no se clasifican dentro de los segmentos de automóvil o motocicleta.
La iniciativa ha sido formalmente remitida a la Secretaría del Ayuntamiento para su turno y análisis en la Comisión Conjunta de Gobernación y Tránsito y Vialidad.
El proceso contempla su análisis, discusión, eventual modificación, aprobación y, en su caso, la emisión del dictamen correspondiente para su publicación y observancia general por parte de la ciudadanía.
Vitela García enfatizó que el propósito fundamental de esta reglamentación es salvaguardar la integridad física de los usuarios y transeúntes, además de establecer un mecanismo de control para el uso y tránsito ordenado de estos medios para aplicarse en tres etapas como sigue:
1.- Socialización entre la ciudadanía en la cual se daría a conocer el reglamento e invitación a adherirse a un padrón para control y registro de personas que cuentan con este tipo de aparatos y/o medios de transporte, comprendiendo un periodo de seis meses contados a partir de su aprobación y publicación.
2.- Al término del primer plazo (6 meses) y una vez que haya difundido entre la ciudadanía y creando conciencia entre los usuarios se procedería a la vigilancia conforme al reglamento; señalar, mas no sancionar.
3- Fiscalización, fase en la cual ya transcurrió un año de que se dio a conocer la nueva reglamentación y acompaño a los usuarios en su conocimiento y orientación, dándose el momento de sancionar en dado caso que se comenta alguna infracción ya dada a conocer con anterioridad.