
Aprueban sanciones por extracción y distribución ilegal del agua en Durango
Se aprobó en Durango tipificar los delitos relacionados con la sustracción, apropiación, extracción o distribución ilegal del agua, con el propósito de garantizar el derecho humano a este recurso, proteger los ecosistemas hídricos y evitar la impunidad en su uso.
El Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con base en dos iniciativas que destacan la importancia de que el agua, por tratarse de un bien público y un recurso natural limitado, sea administrada y regulada por el Estado para asegurar su disponibilidad, equidad y sustentabilidad.
“Es un acto de justicia y protección al interés colectivo”, informó la diputada Floral Leal al razonar su voto a favor del dictamen, además consideró que se busca avanzar hacia una cultura de legalidad, responsabilidad y cultura ambiental.
Con esta aprobación, el Congreso consideró que se requiere de la intervención del derecho penal para proteger el acceso equitativo y legal al agua, además de sancionar a quienes provoquen daños sociales, ambientales o patrimoniales derivados de su uso indebido.
Con la aprobación de las reformas se imponen sanciones a quien, teniendo la obligación legal, no supervise o ejecute el proceso de desinfección del agua potable bajo su responsabilidad, de dos a seis años de prisión y de 144 a 432 veces la unidad de medida y actualización (UMA). Si se trata de un servidor público, además será destituido e inhabilitado hasta por seis años.
Además, a quien distribuya o suministre agua potable sin contar con permiso o autorización correspondiente, con fines de beneficio económico, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 144 a 432 UMAs.
A quien extraiga u obtenga agua de una fuente diversa a la autorizada, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de 72 a 216 UMAs; a quien altere, impida o restrinja el flujo de agua destinado al suministro público, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 144 a 432 UMA. Quien, sin autorización o concesión expedida por la autoridad competente, sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 144 a 432 UMAs.