
LFT: ¿Cómo te deben pagar si trabajas el 31 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026?
Con la llegada del fin de 2025 y el inicio de 2026, miles de familias se reúnen para preparar y disfrutar de la cena para celebrar el Año Nuevo. Sin embargo, en el mundo laboral, miles de personas tienen que continuar con labores regulares. Si este es tu caso, aquí te explicamos cómo deben pagarte si trabajas el 31 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026
En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es la encargada de determinar cuáles son los derechos y obligaciones que todos los empleados y empleadores tienen, para hacer de los centros de trabajo un lugar de bienestar para todos.
Dentro de la LFT, se incluye un apartado especial en el que se detallan cuestiones relacionadas con los días de descanso, incluido el listado de las fechas consideradas como días feriados, así como la forma en la que se deben pegar en caso de ser laborados.
En el artículo 73 de la LFT se lee que “los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
De esta manera, aquellas personas que trabajen tanto en su día de descanso de la semana, como en fecha considerada descanso obligatorio, deberán recibir, independientemente de su salario, un pago doble.
¿El 31 de diciembre y 1 de enero son descansos obligatorios?
De acuerdo con el listado del artículo 74 de la LFT, en el mes de diciembre se contempla un día de descanso obligatorio, el cuál es el 25 de diciembre, por Navidad.
El 31 de diciembre no se considera dentro de los descansos obligatorios en el año; sin embargo, por los festejos de Año Nuevo, los trabajadores tienen derecho a que el 1 de enero sea día feriado.
¿Cómo te deben pagar?
Ante la llegada de las fiestas de fin de año, surge la duda entre trabajadores sobre cómo debe ser el pago que reciban.
Al no entrar dentro del listado de descansos obligatorios, el 31 de diciembre será un día laboral regular, por lo que no habrá un pago extraordinario por tener labores en esta fecha.
Sin embargo, aquellas personas que laboren el 1 de enero de 2026 deberán recibir, por ley, un pago doble extra del salario regular del día.