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¿Qué sí y qué no puede hacer un Presidente Municipal? Aquí te contamos

El primero de junio de este año, la población de la capital tiene un compromiso de emitir su sufragio en las urnas.

¿Qué sí y qué no puede hacer un Presidente Municipal? Aquí te contamos

¿Qué sí y qué no puede hacer un Presidente Municipal? Aquí te contamos

EMILIO BARRIENTOS

A menos de un mes de que se realicen las elecciones a Presidente Municipal, ha surgido la duda entre los duranguenses sobre lo que sí y lo que no pueden llegar a hacer los candidatos en caso de que ganen.

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¿Qué sí puede hacer un presidente municipal en Durango?

1. Servicios públicos:

Está a cargo de agua potable, drenaje, alumbrado, recolección de basura, parques, panteones, mercados, rastros y mantenimiento de calles y banquetas locales.

2. Seguridad preventiva:

Dirige la Policía Municipal (tanto preventiva y vial); puede tomar medidas contra faltas administrativas y coordinarse con autoridades estatales, pero no lidera operativos estatales ni federales.

3. Obra pública local:

Planea, gestiona y ejecuta obras dentro del municipio (calles, espacios públicos, alumbrado, etc.) con recursos propios o coordinados con el Estado.

4. Recaudación local:

Administra impuestos municipales como el predial, licencias de funcionamiento y derechos por servicios. Puede ofrecer descuentos aprobados por Cabildo.

5. Comercio local:

Regula mercados, tianguis, comercio ambulante y autoriza licencias a negocios establecidos.

6. Salud y programas sociales:

Puede lanzar campañas preventivas, operar centros comunitarios y ejecutar programas locales con recursos municipales. 

7. Presupuestos y personal:

Elabora el presupuesto anual, nombra a directores municipales.

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¿Qué NO puede hacer un presidente municipal en Durango?

1. No puede legislar ni crear leyes estatales o federales.

Solo puede emitir reglamentos municipales que deben apegarse al marco legal estatal y nacional.

2. No controla hospitales, escuelas ni universidades públicas.

La salud y educación pública son competencia del Estado y la Federación (IMSS, ISSSTE, SEP, SEED).

3. No puede crear impuestos nuevos.

Solo aplica los que autoriza la Ley de Ingresos Municipal aprobada por el Congreso del Estado.

4. No puede intervenir en seguridad estatal o federal.

No maneja la Policía Estatal, la Fiscalía, Guardia Nacional o Ejército. Tampoco puede armar cuerpos paralelos.

5. No gestiona carreteras estatales o federales.

Solo tiene facultades sobre vialidades locales. Las autopistas, puentes interestatales y transporte foráneo son responsabilidad del Estado o Federación.

6. No tiene autoridad fuera del territorio municipal.

No puede tomar decisiones sobre otros municipios ni sobre programas estatales centralizados.

Llamado a votar

Los miles de duranguenses tienen un compromiso el próximo domingo primero de junio en donde tendrán que emitir su sufragio con relación a: presidente municipal, jueces, magistrados y ministros.

Escrito en: QUE SÍ QUE NO PUEDEN HACER Presidente Municipal OBLIGACIONES hacer, estatales, presidente, programas

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