Durango

DENUNCIA

Denuncian 15 casos de usurpación de identidad en Durango

Durante el primer trimestre del 2026, las agencias del Ministerio Público aglutinaron 15 expedientes de usurpación y suplantación de identidad a nivel estatal.

Denuncian 15 casos de usurpación de identidad en Durango

Denuncian 15 casos de usurpación de identidad en Durango

JUAN M. CÁRDENAS

De acuerdo con la estadística de incidencia delictiva municipal del fuero común, recién actualizada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), durante el pasado mes de enero se acumularon 14 denuncias por usurpación y suplantación de identidad; mientras que para febrero se reportó solamente una. En tanto que en marzo no se informó de ningún caso.

La usurpación y suplantación de identidad representa otro de los nuevos conceptos que recién a partir del presente año están siendo contabilizados entre la incidencia delictiva que reporta el SESNSP en cada entidad federativa.

El Código Penal del Estado establece que comete el delito de usurpación de identidad quien, con fines ilícitos o de lucro, se atribuya la identidad de otra persona por cualquier medio, u otorgue su consentimiento para llevarlo a cabo, produciendo con ello un daño, u obteniendo un lucro o un provecho indebido para sí o para otra persona. Lo cual se sanciona con prisión de cuatro a ocho años y multa de mil a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs).

Pero se considerará equiparable al delito de usurpación de identidad y se impondrán las mismas penas a quien, por el uso de medio electrónico o telemático, obtenga algún lucro indebido para sí o para otro o genere un daño a otro, valiéndose de alguna manipulación informática o intercepción de datos de envío, cuyo objeto sea el empleo no autorizado de datos personales o el acceso no autorizado a bases de datos automatizadas para suplantar identidades.

Así como al que por sí o por otra persona adquiera, transfiera, posea y utilice por cualquier medio, información personal y financiera de un tercero sin su autorización, con la intención de usurpar o suplantar su identidad, para cometer ofensas, adquirir bienes, contratar servicios; obtener créditos, documentos, recursos monetarios o beneficios financieros en perjuicio de las finanzas de un tercero; o al que asuma, adquiera, transfiera, posea y utilice por cualquier medio, o se apropie, o suplante de manera ilícita cualquier instrumento o dispositivo de material de identificación del usuario, ya sea una tarjeta plástica con una banda magnética, microchip y un número en relieve, sin su autorización a través de internet, o cualquier sistema informático o medio de comunicación, con la intención de usurpar o suplantar su identidad; generar un daño patrimonial u obtener un lucro indebido para sí o para otro; adquirir bienes, contratar servicios; obtener créditos, documentos, recursos monetarios, beneficios financieros en perjuicio de las finanzas de un tercero, o cometer cualquier otro delito que afecte el patrimonio o la buena reputación de la persona suplantada.

Pero también se estipula que la pena de prisión se aumentará en una mitad cuando quien usurpe la identidad de otra persona, se valga para ello de la homonimia, de la igualdad física genética entre hermanos gemelos o del parecido físico con el suplantado.

Escrito en: SESNSP usurpación de identidad cualquier, identidad, usurpación, otra

Noticias relacionadas

EL SIGLO RECIENTES

+ Más leídas de Durango

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas