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¿El SAT congelará cuentas bancarias en agosto? Esto se sabe del supuesto aviso

Circula una advertencia sobre el congelamiento de cuentas en agosto. Antes de alarmarte, conoce lo que establece el SAT.

¿El SAT congelará cuentas bancarias en agosto? Esto se sabe del supuesto aviso

¿El SAT congelará cuentas bancarias en agosto? Esto se sabe del supuesto aviso

JORGE LUIS CANDELAS

En los últimos días comenzó a circular información sobre un supuesto congelamiento de cuentas bancarias que realizaría el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante agosto de 2026, principalmente contra quienes reciban depósitos o efectúen determinados movimientos financieros.

Sin embargo, hasta el momento, el organismo fiscal no ha anunciado una medida extraordinaria ni un bloqueo masivo de cuentas para este mes. La versión mezcla algunas facultades reales del SAT con afirmaciones imprecisas que pueden generar preocupación entre los contribuyentes.

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¿Cuándo puede el SAT inmovilizar una cuenta bancaria?

La autoridad fiscal sí tiene facultades para solicitar la inmovilización de depósitos bancarios, pero solamente bajo determinadas circunstancias y siguiendo el procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación.

De acuerdo con el propio SAT, esto puede ocurrir cuando una persona tiene adeudos fiscales exigibles, no presentó algún medio de defensa o la resolución definitiva resultó favorable para la autoridad.

También puede ordenar la medida cuando el adeudo se encuentra impugnado, pero el contribuyente no ofreció una garantía suficiente para respaldarlo.

La inmovilización no debe abarcar arbitrariamente todo el dinero disponible. Se realiza hasta cubrir el monto del crédito fiscal actualizado, además de recargos, multas y gastos de ejecución correspondientes.

¿Recibir depósitos provoca el congelamiento?

Recibir una transferencia o superar cierta cantidad de dinero en una cuenta no ocasiona automáticamente su bloqueo. Uno de los datos que suele utilizarse para alimentar esta versión es el límite de 15 mil pesos mensuales en depósitos en efectivo.

Las instituciones bancarias deben informar al SAT cuando los depósitos en efectivo acumulados de un cliente superan esa cantidad durante un mes. Esto no significa que el dinero sea retenido ni que se genere un impuesto automático.

Además, esta disposición se refiere a depósitos realizados con billetes o monedas, no necesariamente a transferencias electrónicas entre cuentas. Sin embargo, cualquier movimiento podría ser revisado si existe una diferencia considerable entre los ingresos declarados y el dinero recibido.

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¿Cómo evitar problemas con el SAT?

El organismo recomienda consultar periódicamente el Buzón Tributario, atender las notificaciones oficiales y verificar si existen adeudos pendientes. En caso de inconformidad, el contribuyente puede presentar un medio de defensa o garantizar el crédito fiscal conforme a las disposiciones aplicables.

También se debe desconfiar de mensajes que amenacen con bloquear una cuenta y soliciten realizar un pago inmediato mediante enlaces, transferencias o depósitos. Los trámites y notificaciones deben verificarse directamente en los canales oficiales del SAT.

Escrito en: SAT Cuentas Bancarias depósitos, dinero, fiscal, cuenta

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