
LFT: ¿Habrá días de descanso obligatorio por Semana Santa 2026?
Con el avance del año, y después del Miércoles de Ceniza este pasado 18 de febrero, se acerca para miles de estudiantes de México el periodo de vacaciones de Semana Santa. Sin embargo, ante esto surge la duda sobre si los trabajadores gozarán también de algunos días de descanso. ¿Qué dice la ley al respecto?
En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es la encargada de determinar los derechos y las obligaciones, tanto de empleados como de empleadores, para así garantizar que los espacios laborales sean lo más adecuados posibles.
Con el Miércoles de Ceniza, comenzó de manera oficial la Cuaresma en México, por lo que se aproxima la Semana Santa, que en este año abarcará desde el domingo 29 de marzo y hasta el domingo 5 de abril.
Debido a que este periodo es de relevancia para la mayoría de los mexicanos, sobre todo para los fieles católicos, estas fechas representan vacaciones tanto para educación básica como para niveles superiores en su mayoría.
Sin embargo, en el caso de los trabajadores no aplican los mismos días de descanso, por lo que surge la pregunta sobre si la ley marca “puentes” por Semana Santa.
¿Qué dice la LFT?
En su capítulo III, dedicado a los días de descanso, la LFT indica que los trabajadores “no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
De esta forma, aquellas personas que tengan actividad laboral en los días considerados como descansos obligatorios, deberán recibir una compensación económica extra al salario regular.
¿Hay descansos obligatorios por Semana Santa?
A pesar de que para miles de mexicanos estas fechas son de gran importancia, no representan descansos obligatorios para los trabajadores.
Aunque algunos creen que Jueves y Viernes Santo podrían entrar dentro de los descansos obligatorios marcados por la LFT, estos no son considerados legalmente, por lo que los trabajadores deberán tener actividades regulares estos días, sin recibir un pago adicional.
¿Qué días son descansos obligatorios?
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, los días considerados como descanso obligatorio en México son:
- El 1 de enero.
- El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1 de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración al 20 de noviembre.
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.