Plazo de 5 días, para resolver procedencia de candidatura común
Independientemente de la controversia generada por la solicitud de registro de candidatura común para los partidos Morena, PT y PVEM que se tuvo el jueves por la noche, el Consejo General del IEPC cuenta con cinco días para resolver sobre la procedencia de la misma.
Lo anterior, según lo establece la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango.
En el capitulo cuatro, artículo 32, se establece que el Consejo General dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la solicitud de registro del convenio de candidatura común, deberá resolver lo conducente sobre la procedencia del mismo, mandando publicar su resolución en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Hay que tener en cuenta que una vez que se presentó la solicitud, los partidos involucrados tienen 48 horas para subsanar la falta de documentos, si es que existe.
Luego la Comisión competente tendrá que sesionar y elaborar el dictamen que se turnará al Consejo General, para que a su vez este lo vote en sesión pública.
Hay que mencionar que en caso de proceder la alianza, en la boleta electoral correspondiente deberá aparecer en un mismo espacio el emblema conjunto de los partidos.
Normativa
La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, establece el proceso a seguir.
Plazo
El Consejo General tiene cinco días para la presentación de la solicitud de registro del convenio de candidatura común.
Boleta
En la boleta electoral correspondiente deberá aparecer en un mismo espacio el emblema conjunto de los partidos.