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Hay sustento para desafuero contra AMLO

México DF (SUN-AEE).- Luego de que el jefe de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, pidiera a la Procuraduría General de la República rectificar la denuncia que presentó en su contra respecto del caso El Encino, el constitucionalista Ignacio Burgoa dice que sí hay sustento para el desafuero.

El doctor en Derecho Ignacio Burguoa Orihuela dijo: “Mi opinión es estrictamente jurídica, sí hay desde luego aspectos políticos porque si los hay pero esos no los voy a tratar porque en política nada es serio, todo es contingente y todo es aleatorio”.

“La situación jurídica de López Obrador es ésta: él cometió un delito por no haber obedecido una suspensión decretada por un juez de distrito, un juez federal en un amparo promovido por El Encino en contra de un decreto de expropiación de terreno correspondiente y desobedeció la suspensión porque las obras dentro del terreno, materia del amparo, continuaron, ése es un delito, es delito cuando se desobedece la suspensión que está previsto en el artículo 206 de la Ley de Amparo y se castiga como si fuera un abuso de autoridad”.

“Como no cumplió, entonces la obligación del Juez de Distrito fue declarar que se había incumplido la suspensión y entonces el Juez de Distrito, cumpliendo su obligación, le dio vista al Procurador de la República porque se trataba de un delito federal y el titular de la PGR tomando en cuenta que López Obrador como jefe de Gobierno tiene fuero, pues promovió el desafuero de acuerdo con los artículos 109 y 110 de la Constitución. Eso es lo que sucede brevemente en el terreno jurídico y el desafuero le correponde terminarlo a la Cámara de Diputados, la federal”.

Y aun cuando Andrés Manuel López Obrador ha mencionado en reiteradas ocasiones que el proceso que se le sigue en su contra está plagado de irregularidades, Burgoa Orihuela dijo que jurídicamente sí incurrió en una falta, en un delito, y sí hay sustento para desaforarlo: “El delito está previsto en el 206 de la Ley de Amparo y se castiga como si fuera abuso de autoridad, según lo indica ese mismo precepto”.

¿QUÉ SIGUE?

“En opinión muy mía, el Jefe de Gobierno del DF está colocado en una análoga situación del gobernador de cualquier estado y entonces el título IV de la Constitución del país dice que cuando un gobernador de una entidad federativa comete un delito, entonces le corresponde a la Cámara de Diputados determinar si procede o no el desafuero pero nada más con modo declarativo porque el caso lo remite a la legislatura correspondiente”.

“En este caso puede suceder lo mismo, la Cámara de Diputados le quita el fuero pero es meramente declarativa su resolución; quien resuelve en definitiva sería la Asamblea Legislativa del DF”.

Si AMLO decide renunciar a su cargo como jefe de Gobierno de la ciudad “de todas manera dejaría de tener fuero y por lo tanto se sobreseería el procedimiento que se está haciendo en la Cámara de Diputados, pero eso no le quita la responsabilidad de haber cometido el delito por violación em materia de amparo”, concluyó el doctor Burgoa Orihuela.

Escrito en: delito, Cámara, desafuero, Gobierno

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