El gobierno anterior dejó pasivos circulantes en la administración pública federal, conocidos como Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (Adefas), por 65 mil 731 millones de pesos, que le restan margen de maniobra al gasto de 2019.
Los Adefas son los compromisos por adeudos generados por los bienes y servicios adquiridos por las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados.
El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Carlos Urzúa, comentó en entrevista radiofónica que muchos de estos adeudos se dejaron de pagar y "patearon el bote" como suele suceder en los cambios de gobierno.
"Se dejaron de pagar y pasan la dinamita ya encendida. Fue sobre todo en Petróleos Mexicanos y por cantidades muy grandes", denunció.
Por esa razón, el secretario argumentó que se tendrá que hacer una reasignación al gasto, y no tanto un recorte porque no hay margen para hacerlo en sueldos y salarios o eliminación de plazas o contrataciones.
En el primer mes de 2019, por Adefas y otros gastos netos pagados a cuentas ajenas a terceros se registraron 291.4 millones de pesos cuando en igual mes de 2018 fue por 22 mil 859 millones.
Para las reasignaciones que se hicieron en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2019, la Cámara de Diputados aprobó un recorte de 6 mil 285 millones de pesos en los Adefas y otros gastos asociados de un total de 28 mil millones propuestos en el proyecto, para aumentar el gasto en otros rubros que fueron castigados en el plan inicial que envió el Ejecutivo como parte del paquete económico.
El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) de la Cámara de Diputados define a los Adefas como el conjunto de obligaciones contraídas, devengadas, contabilizadas y autorizadas dentro de las asignaciones presupuestarias que no fueron liquidadas a la terminación o cierre del ejercicio fiscal correspondiente y que son transferidas al ejercicio corriente para su liquidación.
Son, por tanto, compromisos que adquiere el gobierno federal en un ejercicio fiscal, que se encuentran devengados al 31 de diciembre del mismo ejercicio, para ser saldados durante el año inmediato posterior, en el periodo comprendido del 2 de enero al 31 de marzo.