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Suprema Corte anula padrón telefónico

Tras la anulación se propuso modificar algunos de los argumentos de inconstitucionalidad.

Suprema Corte anula padrón telefónico

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EL SIGLO DE TORREÓN

Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) establecido en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT), impulsada por la presente administración.

Durante la sesión del pleno de la Corte y por distintas razones, nueve ministros coincidieron en que la creación del Panaut es inconstitucional y puede resultar hasta violatoria de los derechos humanos a la protección de datos e información de los ciudadanos.

Esto, debido a que con la creación del Panaut los usuarios de telefonía móvil estaban obligados a otorgar datos biométricos a las autoridades para que estas las compartan con instituciones de seguridad pública sin previa autorización judicial.

El proyecto fue realizado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien propuso invalidar en su totalidad la reforma al considerar que el Panaut no es una herramienta infalible para luchar contra la delincuencia.

"En realidad nada garantiza que con este padrón efectivamente se vaya a identificar a los responsables de los delitos, básicamente porque resulta muy complicado sostener que estamos ante una herramienta infalible; por el contrario, los antecedentes de esta figura permiten advertir que la delincuencia difícilmente va a emplear dispositivos que se encuentran registrados", señaló la ministra.

Los integrantes del pleno señalaron que el Panaut no era proporcional al restringir el derecho a la privacidad y protección de datos en general, además de que existen medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública.

En su intervención, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, señaló que no hay seguridad respecto al manejo de los datos del Panaut, por lo que no se justifica que el Estado tenga en su poder tanta información privada de los ciudadanos.

"Estos datos solamente pueden estar en posesión del Estado por razones excepcionales, siempre y cuando se cuente con un banco, con un sistema que genere la seguridad de que estos datos no solo no se van a utilizar de manera indebida por parte del Estado, sino que estén blindados de que un tercero no pueda acceder a este sistema, un hackeo -como se dice-, y que estos datos puedan estar en manos de cualquier persona, lo que me parecería sumamente grave, y lo cierto es que este sistema blindado no existe, no hay una seguridad en relación con estos datos ni me parece que la causa para que el Estado pretenda tener estos datos esté -ni de lejos- justificada, por eso -yo- coincido con el proyecto", señaló Zaldívar Lelo de Larrea.

Al finalizar la sesión, el ministro Zaldívar Lelo de Larrea anunció que este martes analizarán los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad realizada por la Corte para declarar como concluido el debate sobre la acción de inconstitucionalidad planteada por senadores de la oposición contra la reforma a la LFT.

Escrito en: Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil Panaut datos, seguridad, Panaut, estos

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