
CFE: ¿cuándo hay que cambiar el nombre del titular del recibo de luz?
Cambiar el nombre del titular ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE) es un trámite sencillo, pero que suele dejarse de lado hasta que surgen complicaciones legales, administrativas o de facturación.
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Cambio de propietario, herencias o nuevas rentas
Uno de los momentos clave en los que se debe hacer el cambio de nombre es cuando se transfiere la propiedad del inmueble. Ya sea por compra-venta, herencia o donación, el nuevo dueño tiene la responsabilidad de poner el contrato de luz a su nombre. No hacerlo puede generar confusiones en caso de adeudos o disputas por pagos.
Otro caso común es el de quienes rentan una vivienda o local comercial. Aunque en muchos contratos de arrendamiento se establece que el inquilino se encargará de pagar la luz, si el recibo sigue a nombre del propietario anterior, cualquier falta de pago podría generar repercusiones para él. Actualizar el nombre evita conflictos y ayuda a dejar claro quién debe responder ante la CFE por cualquier irregularidad.
Evita cargos indebidos o dificultades legales
Dejar el recibo a nombre de una persona que ya no vive en el domicilio puede generar más que confusiones. En situaciones donde se acumulen deudas o se requiera un ajuste en el contrato, solo el titular puede hacer solicitudes o aclaraciones ante la CFE. Esto complica gestiones como convenios de pago, reclamaciones por cobros excesivos o cambios en la tarifa asignada.
Además, en casos de fallecimiento del titular, no cambiar el nombre puede dejar en un limbo el contrato de servicio, impidiendo su modificación o cancelación hasta que se resuelva la sucesión legal, lo cual puede tardar meses.
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¿Quién puede hacer el cambio y qué se necesita?
El trámite puede realizarlo el nuevo titular, ya sea el arrendatario o propietario actual. Para ello es necesario presentar una identificación oficial vigente, el recibo de luz actual, un documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble (como contrato de arrendamiento, escritura, carta notarial o predial) y llenar una solicitud de cambio de titular.
Actualizar el nombre del titular del recibo de luz no toma más de una hora y puede evitar problemas administrativos, legales o financieros. Aunque muchas personas lo consideran innecesario mientras el servicio siga activo, lo cierto es que se trata de una medida preventiva que garantiza claridad en las responsabilidades de pago y en el uso del servicio