
LFT: ¿con cuánto tiempo de anticipación se debe avisar que vas a renunciar?
En México, al momento de que se adjunta a una persona a un trabajo mediante contrato y este por consiguiente recibe un pago por la actividad, en automático entra en función La Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Qué es la Ley Federal de Trabajo?
Este organismo es una ley mexicana que atiende las relaciones laborales, en todo el país, cuyos principales objetivos son proteger, regular y promover los derechos y obligaciones de los trabajadores.
A continuación explicaremos cada uno de estos:
- Protege los derechos de los trabajadores: Establece las condiciones básicas del trabajador como lo son el salario, seguridad social y la jornada laboral.
- Regula las relaciones labores: Define los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones.
¿Cuáles son los motivos más comunes para renunciar?
Así como hay diferentes motivos para que un individuo se integre a alguna empresa, también existen motivos por los cuales se decida su salida, hablando laboralmente, caso específico: una renuncia.
Las diferentes causas de una renuncia, las explica el artículo 51 de dicha ley, que pueden ser desde el engaño por parte del patrón en cuanto a condiciones laborales cuando se contrata a cualquier trabajador, o causas graves que atenten contra la integridad, honestidad y rectitud en el comportamiento y las acciones de una persona, como los son el acoso sexual, actos de violencia, amenazas, hostigamiento, malos tratos entre otros factores, por parte del empleador, sus familiares o representantes.
En caso de que al empleado le surja otra oportunidad laboral, donde las condiciones sean mejores, no hay un plazo específico establecido para dar un aviso, este solicite una renuncia voluntaria.
¿Con cuánta anticipación debes avisar que vas a renunciar?
En cuestión al período en el que un empleado puede renunciar, el artículo 52 de la LFT, específica que en los casos mencionados, tiene treinta días a partir de que el patrón cometió la infracción y tendrá derecho a la indemnización correspondiente.
Referente a cuando el caso sea al contrario y sea el empleado el que cometa cualquier tipo de las faltas a las que se ha hecho mención, por medio del artículo 46, el patrón también podrá rescindir el contrato en cualquier momento, la única diferencia es que tendrá que notificar por escrito.
En el caso de que el empleado renuncie por motivos voluntarios, aunque no hay plazo específico, expertos en el tema recomiendan entregar una renuncia por escrito con al menos 15 días de antelación para cerrar el ciclo de manera formal y mantener buenas referencias profesionales