
(Canva)
La Suprema Corte ha revelado la eliminación de cierto dato para las Actas de Nacimiento que se incluía de forma obligatoria en un principio, provocando con esto un cambio en la manera del registro oficial. Esto abre la pregunta: ¿cuál es ese dato que eliminaron?, a continuación te lo explicamos.
¿Por qué se va a eliminar?
De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta decisión radica en la búsqueda de eliminar cualquier tipo de práctica discriminatoria deliberada hacia la identidad de los ciudadanos y proteger sus datos personales en documentos emitidos oficialmente.
Se ha determinado que ciertos datos disponibles en las actas de nacimiento pueden incitar a la discriminación, por ello, para garantizar una mayor privacidad y seguridad, deberán eliminarse al considerarse potencialmente problemáticos. Esta resolución proviene de un caso sucedido en relación con las disposiciones del Registro Civil.
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¿De cuál dato se trata?
El máximo tribunal, analizó el Amparo en Revisión 468/2024, en el que expone el caso de un ciudadano jalisciense, el cual, tras separarse de su pareja por acuerdo mutuo solicitó que se retiraran los sellos relativos a su matrimonio y divorcio de su acta de nacimiento. No obstante, las autoridades de la dependencia gubernamental rechazaron la petición.
Tras considerarlo como una categoría sospechosa a la luz del 1er artículo de la Constitución Política, la Primera Sala falló a favor del demandante, estableciendo así que las copias del acta no deberán mostrar más el estado civil ni datos relacionados al matrimonio y/o divorcio. Aunado a esto, al no generarse las modificaciones solicitadas en el plazo establecido, la SCJN promulgó una declaratoria general de inconstitucionalidad, el cual deberá entrar en vigor una vez el Congreso local del estado reciba la notificación.
Cabe aclarar que dicha modificación solo será válida en todas las extensiones de la entidad de Jalisco, por lo que no habrá ninguna repercusión en el resto de la república mexicana.